Con más de 70 votos de diputados propietarios y suplentes del Partido Liberal, Partido Nacional y del Partido Salvador de Honduras (PSH) se aprobó un decreto que extiende las sesiones ordinarias del Congreso Nacional del primero de noviembre de 2023 hasta enero de 2024.
El decreto fue aprobado por unanimidad la noche del martes en una sesión ordinaria autoconvocada por los diputados de la oposición para reanudar la agenda legislativa.
PODER LEGISLATIVO
DECRETO No. 61-2023
CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en su artículo 1 establece que Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como república libre, democrática e independiente, para asegurar a sus habitantes el goce de justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
CONSIDERANDO: Que, los artículos 189 de la Constitución de la República y 55 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, mandan que el periodo de sesiones del Congreso Nacional, inicia en fecha veinticinco de enero, concluyendo el treinta y uno de octubre de cada año, no obstante, este periodo puede prorrogarse por el tiempo que se considere necesario.
CONSIDERANDO: Que, actualmente el Congreso Nacional se encuentra en una parálisis generalizada, impulsada por las personas que lo dirigen, todo lo cual, es contrario a la Constitución de la República, ya que, viola el principio de legalidad y los deberes de los funcionarios.
CONSIDERANDO: Que, es potestad de Los Diputados según lo establece el artículo 205 numeral 1, de la Constitución de la República, crear, decretar, interpretar, reformar, y derogar las Leyes.
POR TANTO, DECRETA
ARTÍCULO 1. Habilitar una prórroga para el desarrollo de SESIONES ORDINARIAS DEL CONGRESO NACIONAL DE LA REPÚBLICA, comprendida entre el primero de noviembre del año dos mil veintitrés (1-11-2023), y el veinticuatro de enero del año dos mil veinticuatro (24-1-2024), con el fin de REANUDAR LA AGENDA LEGISLATIVA.
La prórroga en mención, es imperativa, en virtud del bajo número de sesiones a las que fue convocado el Congreso Nacional en el presente año 2023, así como, por la paralización de las mimas por espacio de los últimos dos meses, lo anterior, fundamentado en los artículos 189 de la Constitución de la República y 55 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
ARTÍCULO 2.- La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”, o en cualquier medio de comunicación de difusión nacional escrito, visual, o medios electrónicos conforme el artículo 38 literal d del decreto 33-2020.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.
IROSKA LINDALY ELVIR FLORES, PRESIDENTE
SUYAPA MARÍA FIGUEROA, SECRETARIO
MAURICIO VILLEDA BERMUDEZ, SECRETARIA