Solo dos diputados de los 124 que estaban la noche del martes en el Congreso alzaron su voz en contra de la aprobación de las reformas de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (Unah).
La votación masiva fue producto del consenso entre las cinco bancadas.
Los diputados le dieron un espaldarazo a Julieta Castellanos, rectora de la Unah, para que pueda reelegirse en el cargo.
Las únicas voces disonantes fueron la del diputado nacionalista Rodimiro Zelaya, exdecano de Ciencias Económicas, y la del pinuista Mario Rivera Vásquez, catedrático jubilado de la Facultad de Ciencias Médicas.
En total, unos 100 congresistas, de los 124 presentes en el hemiciclo, votaron a favor de las reformas de la Ley Orgánica de la Universidad la madrugada del miércoles, después de que fueran analizadas más de ocho horas por los jefes de bancadas y la comisión de dictamen.
Las reformas ingresaron en el pleno legislativo el lunes (32 horas antes de su aprobación) mediante la iniciativa de ley ciudadana de un sector académico estudiantil de la Unah acompañado de 3,800 firmas que con “diligencia” fueron verificadas por el Registro Nacional de las Personas, según un informe leído en la Cámara por el secretario Rigoberto Chang Castillo.
Entre las reformas se le otorgó autoridad al Consejo Universitario con el fin de que este escoja a los representantes del sector estudiantil para que integren ese organismo de educación superior.
El tiempo para elegir al nuevo rector de la Unah depende en gran medida de cuándo sean sancionadas las reformas de la Ley Orgánica de esa entidad.
Elecciones serán en junio
Belinda Flores, secretaria del Consejo Universitario de la Unah, dijo que una vez sancionadas las reformas se ampliará por 20 días la convocatoria para que los interesados en formar parte de la Junta de Dirección Universitaria (JDU) presenten sus hojas de vida.
Comentó que ese es el primer paso que sigue luego de las reformas.
Las nuevas disposiciones legales le atribuyen al Consejo Universitario seleccionar a los miembros de la JDU con los dos tercios de los miembros presentes en la sesión. Antes se requerían dos tercios de todo el consejo.
Flores detalló que hay cerca de 11 postulantes que aspiran a ocupar esos cargos, “todos muy buenos”, pero la ley manda otorgar estos 20 días de plazo para esperar más hojas de vida, amplió.
El plazo contemplado para recibir propuestas es de 60 días.
En el transcurso de esos 60 días, la actual rectora vaca en su cargo, el 23 de abril, exactamente.
Flores explicó que la JDU puede nombrar un rector interino para que ocupe el cargo hasta que se nombre al rector en propiedad.
“La JDU incluso puede nombrar interinamente a la misma rectora (Julieta) Castellanos”, aseguró Flores.
Los 60 días para que la Junta de Dirección Universitaria conozca las hojas de vida de los aspirantes vencerían a mediados de junio, fecha en que se espera que se elija para un segundo mandato a la rectora Castellanos.
Mientras tanto, algunos frentes estudiantiles de la Universidad expresaron su malestar por haber designado en el Consejo Universitario la potestad de nombrar a los representantes estudiantiles ante ese órgano sin necesidad de elecciones.
Las reformas
Artículo 8. El Consejo Universitario nombrará a los estudiantes que deben ser miembros de este organismo. Esta disposición será aplicable por término de dos años, mientras los estudiantes celebran elecciones.
Artículo 10. Las decisiones del Consejo Universitario serán por las dos terceras partes de sus miembros.
Artículo 11. La Junta de Dirección Universitaria estará formada por siete miembros, durarán en su cargo cuatro años y podrán ser reelectos una sola vez.
Artículo 15. La Junta de Dirección Universitaria podrá crear secretarías ejecutivas.
Artículo 16. La Junta de Dirección Universitaria se reunirá por convocatoria de su presidente o cuando así lo determinen cuatro de sus miembros o bien a solicitud del Consejo Universitario.
Artículo 17. La Rectoría es la autoridad ejecutiva y ostenta la representación legal de la Unah y durará en su cargo cuatro años, pudiendo ser reelecto (a) por una sola vez.
Artículo 19. El rector o rectora podrá otorgar poderes de representación para asuntos administrativos y judiciales al abogado general de la Unah o a otros profesionales del derecho.
Artículo 26. La Unah tendrá un secretario general nombrado por la Rectoría, que será responsable de registrar, certificar y notificar los actos resolutivos y demás diligencias administrativas de la Unah.
Artículo 27. La Unah contará con las secretarías ejecutivas siguientes: Administración y Finanzas, Desarrollo Institucional, Desarrollo de Personal y Administración de Proyectos de Inversión.
Artículo 32. Las secretarías de las facultades, centros universitarios y centros regionales universitarios serán las instancias dependientes de las decanaturas.