Tegucigalpa, Honduras.
La dirigencia del sector empresarial solicitó ayer al Congreso Nacional la revisión o, en su defecto, derogar el cobro del impuesto solidario en una reunión con la directiva del Poder Legislativo y la comisión de presupuesto.
Los directivos del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Cámaras de Industria y Comercio y Asociación de Industriales plantearon sus requerimientos.
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia declaró sin lugar un recurso de inconstitucionalidad presentado por los empresarios en contra del cobro del 1.5% de impuesto solidario sobre los ingresos netos de las empresas.
Mediador
En la reunión se acordó que el Congreso Nacional hará labor de mediador entre el sector empresarial y el Poder Ejecutivo para revisar el impacto que el sector privado aduce por la aplicación de la medida contenida en el decreto 278, el que califican como confiscatorio, pero que el Gobierno argumenta que es una medida antievasión.
Participaron la presidenta del Cohep, Aline Flores; el presidente de la Federación de Cámaras de Comercio e Industrias, Obdulio Hernández y los diputados Francisco Rivera, presidente de la comisión de presupuesto Óscar Álvarez y Mario Pérez. El diputado Francisco Rivera explicó que los empresarios piden revisar el impuesto del 1.5% porque se aplica a los ingresos netos de las empresas.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dejó vigente la medida luego que resolviera un recurso de apelación interpuesto por el Cohep por considerar que el decreto afecta la inversión extranjera en el país y es una medida confiscatoria para las utilidades de las compañías nacionales.
Agregó que para los análisis respectivos se han conformado comisiones integradas por representantes del Poder Legislativo, empresa privada, Secretaría de Finanzas y Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), las que mediante el diálogo buscarán soluciones.
Antecedente
El pago del 1.5% fue aprobado por el Congreso Nacional de Honduras en la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de Exoneraciones y Medidas Antievasión.
Esta ley fue aprobada mediante el Decreto 278-2013, que fue publicado en el diario oficial La Gaceta del 21 de diciembre de 2013 y entró en vigencia el 1 de enero de 2014.
Están sujetas a este cobro las empresas que reportan ventas netas arriba de 10 millones de lempiras y exceptúa de esta obligación a las que reportan menos de la cifra anterior y las compañías nuevas en sus dos primeros años de constituidas.
A los seis meses de su aplicación, en junio de 2014, el Cohep interpuso el mencionado recurso.
El mes pasado, la DEI advirtió que la posición del Gabinete Económico es que de acuerdo con la ley es una medida antievasión y no una doble imposición, confiscatoria o inconstitucional.
En su momento, la directora Miriam Guzmán recalcó que la medida es apropiada y está diseñada para aquellas empresas cuyas utilidades son iguales o superiores al 6%.
La dirigencia del sector empresarial solicitó ayer al Congreso Nacional la revisión o, en su defecto, derogar el cobro del impuesto solidario en una reunión con la directiva del Poder Legislativo y la comisión de presupuesto.
Los directivos del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Cámaras de Industria y Comercio y Asociación de Industriales plantearon sus requerimientos.
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia declaró sin lugar un recurso de inconstitucionalidad presentado por los empresarios en contra del cobro del 1.5% de impuesto solidario sobre los ingresos netos de las empresas.
Mediador
En la reunión se acordó que el Congreso Nacional hará labor de mediador entre el sector empresarial y el Poder Ejecutivo para revisar el impacto que el sector privado aduce por la aplicación de la medida contenida en el decreto 278, el que califican como confiscatorio, pero que el Gobierno argumenta que es una medida antievasión.
Participaron la presidenta del Cohep, Aline Flores; el presidente de la Federación de Cámaras de Comercio e Industrias, Obdulio Hernández y los diputados Francisco Rivera, presidente de la comisión de presupuesto Óscar Álvarez y Mario Pérez. El diputado Francisco Rivera explicó que los empresarios piden revisar el impuesto del 1.5% porque se aplica a los ingresos netos de las empresas.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dejó vigente la medida luego que resolviera un recurso de apelación interpuesto por el Cohep por considerar que el decreto afecta la inversión extranjera en el país y es una medida confiscatoria para las utilidades de las compañías nacionales.
Agregó que para los análisis respectivos se han conformado comisiones integradas por representantes del Poder Legislativo, empresa privada, Secretaría de Finanzas y Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), las que mediante el diálogo buscarán soluciones.
Antecedente
El pago del 1.5% fue aprobado por el Congreso Nacional de Honduras en la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de Exoneraciones y Medidas Antievasión.
Esta ley fue aprobada mediante el Decreto 278-2013, que fue publicado en el diario oficial La Gaceta del 21 de diciembre de 2013 y entró en vigencia el 1 de enero de 2014.
Están sujetas a este cobro las empresas que reportan ventas netas arriba de 10 millones de lempiras y exceptúa de esta obligación a las que reportan menos de la cifra anterior y las compañías nuevas en sus dos primeros años de constituidas.
A los seis meses de su aplicación, en junio de 2014, el Cohep interpuso el mencionado recurso.
El mes pasado, la DEI advirtió que la posición del Gabinete Económico es que de acuerdo con la ley es una medida antievasión y no una doble imposición, confiscatoria o inconstitucional.
En su momento, la directora Miriam Guzmán recalcó que la medida es apropiada y está diseñada para aquellas empresas cuyas utilidades son iguales o superiores al 6%.