25/04/2024
01:35 PM

David Chávez dice que derogar Ley de Empleo por Hora es un “capricho” del CN

Chávez sugirió que, en vez de derogar la referida ley, lo sensato sería “reformarla”.

Tegucigalpa, Honduras

El presidente del Comité Central del Partido Nacional (CCPN), David Chávez, dijo este miércoles que derogar la Ley de Empleo por Hora en Honduras es un “capricho” del oficialismo en el Congreso Nacional (CN).

El también excandidato a alcalde de Tegucigalpa sostuvo que las fuentes laborales que genera la Ley de Empleo por Hora “son el sustento de muchas familias en el país”. “Derogar esta ley donde no hay trabajo es un capricho”, subrayó el dirigente nacionalista.

Asimismo, destacó que los compatriotas en Estados Unidos mantienen la economía hondureña con sus remesas y trabajan por hora en aquel país. En ese sentido, Chávez sugirió que en vez de derogar la referida ley, lo sensato sería “reformarla”.

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Derogación en primer debate en el Legislativo

El Congreso Nacional aprobó ayer martes en primer debate, durante la sesión ordinaria, un decreto para derogar la Ley de Empleo por Hora, la que según la comisión de dictamen no favorece a los trabajadores. El decreto de la Ley de Empleo por Hora fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 31 de marzo de 2014.

En el artículo número dos establece que “a partir de la entrada en vigencia de este decreto derogatorio, todos los trabajadores y trabajadoras contratados al amparo de la Ley de Empleo por Hora quedan bajo la protección de las disposiciones relativas al derecho del trabajo contenidas en el capítulo quinto del Código del Trabajo de las declaraciones derechos y garantías de la Constitución de la República...”

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También quedan amparados en el protocolo facultativo de San Salvador, la convención para eliminar todas la formas de discriminación contra la mujer, el Código del Trabajo, la Ley de Salario Mínimo y demás legislación vigente que reconoce los derechos inalienable de los trabajadores.

En su artículo número tres se prohíbe que este decreto sea invocado como causal de despido de los trabajadores que se desempeñan bajo la modalidad de trabajo por hora. Asimismo, el patrono que incumpla o transgreda los derechos de los trabajadores, incluido el despido la cesación será responsable civil, administrativa y penalmente según corresponda conforme a derecho.

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El derecho entrará en vigencia a los 60 días después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La comisión de dictamen del Congreso Nacional argumentó que el trabajo por hora ya esta reglamentado desde 1974 en el decreto de ley 121 del Salario Mínimo, por lo cual es legal contratar a un trabajador por medio tiempo o por hora.