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Corte recomienda derogar 4 artículos del nuevo Código Penal

  • 30 octubre 2019 /

También sugiere someter a revisión otros 11 apartados de la norma.

TEGUCIGALPA.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recomendó al Congreso Nacional derogar totalmente cuatro artículos y revisar otros 11 del polémico Código Penal.

La opinión de la Corte propone la derogación del artículo 28 de la nueva norma que es relacionado con la responsabilidad penal cometida a través de medios de difusión.

Asimismo, la derogatoria del 233 que se refiere a la responsabilidad civil que tiene el imputado en caso de que la injuria o calumnia se realicen con publicidad.

Los jueces se manifestaron a favor de la derogatoria de 323 del Código que establece que quien conduce un vehículo automotor con temeridad manifiesta y pone en concreto peligro la vida o la integridad de las personas debe ser castigado con las penas de prisión.

CODIGOPENAL

El alto tribunal está de acuerdo en que se derogue el artículo 294 relacionado con el acoso laboral, siempre que se considere la inclusión del artículo 600-A de la nueva legislación.

La Corte, además, se manifestó en desacuerdo en derogar 29 artículos que propone la exclusión de todas las normas de contenido referente a la responsabilidad penal de las personas jurídicas que fue planteado por el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep).

Propuesta

En su opinión, el alto tribunal de justicia recomendó la reforma de 13 artículos de la polémica legislación. Sin embargo, la Sala Penal no se refirió a la revisión de penas de los delitos considerados de alto impacto como lavado de activos, asesinato, extorsión y algunos relacionados con la corrupción pública.

Los jueces plantean una reforma del artículo 1 del Código que tiene que ver con el principio de legalidad. “La reforma va orientada a la inclusión de un último párrafo que dispone la obligación de los órganos jurisdiccionales de las normas convencionales e internacionales, así como las resoluciones emitidas por instancias penales internacionales”, indica la opinión.

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Además, se propone la enmienda del artículo 126 relacionada con la responsabilidad subsidiaria. “El artículo 126 regla la responsabilidad subsidiaria de carácter civil de personas naturales o jurídicas, por los actos delictivos ejecutados por otros. Esta norma recoge lo ya postulado en el Código Civil”, expresa el documento.

En relación con el artículo 248 que se refiere al desplazamiento forzado. La reforma propone la inclusión de dos párrafos con circunstancias que agravan la pena; sobre ello consideramos recomendable tener presente que el nuevo Código, designa como prisión privativa de la libertad, por lo que en el segundo párrafo se deberá sustituir la palabra reclusión por prisión.

Asimismo, se recomendó modificar el artículo 312 que se refiere a las agravantes específicas del tráfico de drogas. “El artículo 312 contiene las agravantes específicas que generan un aumento de la pena del delito de tráfico de drogas y la disposición del último párrafo de un incremento adicional ante el concurso agravante, siendo la reforma propuesta dirigida a este último párrafo a fin de que se considere dentro del concurso los supuestos de tráfico internacional, lo que es oportuno dada la gravedad que esto supone”, indica la propuesta.

Asimismo, se recomienda el cambio del artículo 321 relacionado con las definiciones. Esta reforma está vinculada íntimamente con el contenido del artículo 312 que dispone las circunstancias agravantes para el delito de tráfico de drogas que ocasionan incremento de las penas, siendo una de ellas que la cantidad traficada se dé especial importancia, proporcionando al artículo 321 el parámetro objetivo para determinar esa condición.

Sobre el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios, los jueces plantearon que la pena de prisión sea la que estaba contenida en el artículo 349 del Código viejo que oscilaba entre los tres y seis años de prisión.

Garantizan ampliación de la ‘vacatio legis’ del Código

A 10 días para que entre en vigencia el nuevo Código Penal, se ampliará la vacatio legis de este conjunto de normas la próxima semana en el Congreso Nacional, confirmó el secretario del Poder Legislativo, Tomás Zambrano.

Manifestó que “esta reforma o ampliación de vacatio legis de un período o rango entre tres a seis meses adicionales estaría aprobándose antes del 10 de noviembre”.

“Eso casi sería una garantía que el Código Penal nuevo no entraría en vigor el 10 de noviembre, sino que estaríamos ampliando la vacatio legis entre tres a seis meses; eso significa que estaría oscilando en general de un promedio de nueve meses a un año”, explicó.

El diputado instó a los distintos sectores que han cuestionado este marco legal para que asistan al CN y den sus observaciones en lugar de divulgar sus críticas a través de los medios de comunicación. “Casi es seguro que la mayoría del Congreso ha decidido ampliar la vacatio legis”.

tomás

Legislador. Tomás Zambrano, secretario del Congreso Nacional