26/04/2024
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Revocan medidas a exdirectivos del IHSS y volverán a prisión

  • 05 abril 2019 /

Los exdirectivos del IHSS son acusados por el delito de fraude en perjuicio del IHSS

Tegucigalpa, Honduras.

Magistrados de la Corte de Apelación con competencia nacional en Materia de Corrupción revocaron las medidas sustitutivas a los exdirectivos del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) por unanimidad de votos y resuelve se les decrete la prisión preventiva.

Los acusados son Carlos Montes Rodríguez, Javier Pastor Vásquez, Leonardo Villeda, Benjamín Bográn, José Humberto Lara Enamorado, Luis Alonso Mayorga, Fabricio Valentín Vásquez Sosa, Óscar Manuel Galeano, José Hilario Espinoza, Armando Villatoro, José Manuel Espinal y Óscar Arnaldo Carranza.

En el caso de Leonardo Villeda Bermúdez y Armando Villatoro se les confirmó las medidas cautelares sustitutivas impuestas y continuarán con el arresto domiciliario debido a su condición de salud.

Estas personas son acusadas por la sobrevaloración de un contrato de $118 millones (más de 2,700 millones de lempiras) que pagó el IHSS a favor de la Distribuidora Metropolitana S.A. (Dimesa).

'Se ha notificado a las partes procesales sobre la determinación tomada por los magistrados en base a recursos planteados por el Ministerio Público resuelven confirmar el auto de formal procesamiento a los exdirectivos del IHSS', dijo el portavoz Carlos Silva.

Silva expresó que la prisión preventiva para los imputados será revisada cada tres meses.


Parte del comunicado íntegro de la Maccih

LA INVESTIGACIÓN

El requerimiento Fiscal se ha hecho:

Contra CARLOS MONTES RODRIGUEZ, JAVIER RODOLFO PASTOR VASQUEZ, LEONARDO VILLEDA BERMUDEZ, SAMUEL BENJAMIN BOGRAN FUENTES, FABRICIO VALENTÍN VÁSQUEZ SOSA, OSCAR MANUEL GALEANO FLORENTINO, JOSE HILARIO ESPINOZA HERRERA, ARMANDO VILLATORO, LUIS ALONZO MAYORGA GALVEZ, JOSE HUMBERTO LARA ENAMORADO, JOSE MANUEL ESPINAL RODRIGUEZ y ARMANDO VILLATORO, por la presunta comisión del delito de FRAUDE, en perjuicio de LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Contra CARLOS MONTES RODRIGUEZ, OSCAR MANUEL GALEANO FLORENTINO, HILARIO ESPINOZA HERRERA, ARMANDO VILLATORO HERRERA, SAMUEL BENJAMIN BOGRAN, FABRICIO VALENTIN VASQUEZ, OSCAR ARNALDO CARRANZA, por la presunta comisión del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, en perjuicio de LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Contra CARLOS MONTES RODRIGUEZ, LEONARDO VILLEDA BERMUDEZ, SAMUEL BENJAMIN BOGRAN FUENTES, OSCAR MANUEL GALEANO FLORENTINO, JOSE HILARIO ESPINOZA HERRERA, LUIS ALONZO MAYORGA GALVEZ, JOSE HUMBERTO LARA ENAMORADO y JOSE MANUEL ESPINAL RODRIGUEZ por la presunta comisión del delito de VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS, en perjuicio de LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Este caso se deriva del proceso penal conocido como DIMESA, el cual fue trasladado a UFECIC a propuesta de la MACCIH, para ser investigado bajo la modalidad de investigación penal integrada, verificándose los siguientes hechos:

El 04 de abril del 2011, la Junta Directiva del Instituto Hondureño de seguridad social, integrada por los ahora acusados, en la sesión ordinaria N° 015-2011, discutieron y aprobaron el punto de agenda concerniente a la licitación pública internacional N° 05-2010: Adquisición, reparación y mantenimiento de equipos médicos de los hospitales de especialidades de Tegucigalpa y regional Nor-occidental de San Pedro Sula, del Instituto Hondureño de seguridad Social.

Al aprobar el acta adjudicaron el contrato N° 020-2011 de adquisición, reparación y mantenimiento de equipos médicos de los hospitales de especialidades de Tegucigalpa y regional Nor-occidental de san Pedro Sula, del Instituto Hondureño de seguridad Social, a la empresa Distribuidora Metropolitana S.A. DE C.V (DIMESA) por un monto de U$ 95,244,166.54 (Noventa y Cinco Millones doscientos cuarenta y cuatro mil, ciento sesenta y seis Dólares Americanos Con 54/100). El Contrato fue ratificado el día martes 26 de abril del 2011, en la sesión de Junta Directiva del Instituto Hondureño de seguridad social N° 016-2011 integrada por los ahora acusados.

Sin embargo, durante la investigación, el equipo integrado estableció que este contrato nunca debió haberse aprobado, por lo siguiente:

No existió un estudio que permitiera establecer el equipo a adquirir atendiendo a las necesidades de la Institución;

No se contó con un diseño que permitiera el ingreso del equipo comprado;

En ese momento, el Instituto Hondureño de Seguridad Social no contaba con disponibilidad presupuestaria para una adquisición de esta naturaleza.

Esta adquisición se realizó sin respetarse el monto establecido en la Resolución 02-08-09-2010 donde se aprobaron las bases de licitación, estimado como costo del proyecto 50 millones de dólares americanos.

El equipo fue adquirido con una sobrevaloración superior al 114% del precio de mercado.

Esta contratación fue efectuada sin que se hiciera un estudio real de la repercusión del proyecto de modernización del equipo biomédico tanto en la infraestructura, turnos de atención y ajustes en la parte económica; por lo que su financiamiento se realizó mediante los fondos provenientes del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte al Régimen de Enfermedad y Maternidad, aprobada mediante resolución N° SEJD-01-24-05-2011 por SEISCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS.

La no disponibilidad presupuestaria era conocida por la Junta Directiva con anterioridad, puesto que el 26 de octubre de 2010 se publicó en el diario oficial La Gaceta, el Acuerdo N° 002-JD-2010 en el cual se acordó, entre otros puntos: “Primero: Declarar el estado o situación de emergencia presupuestaria en el Régimen de Enfermedad-Maternidad en el IHSS, debido al déficit del presupuesto correspondiente al año 2010 y a la falta de aprobación del presupuesto real correspondiente al año 2011…Segundo: Autorizar a la administración del IHSS para que proceda a suspender los procesos de licitación que se han programado en este régimen conforme al ejercicio fiscal vigente, en vista que no pueden efectuarse con una base presupuestaria deficitaria y pendiente de aprobación, acuerdo con vigencia de seis meses”.

A pesar de dicha crisis presupuestaria, los acusados pusieron las bases de licitación a la venta durante el periodo del 18 de octubre al 23 de noviembre de 2010, contraviniendo la disposición legal por ellos aprobada.

El 13 de junio del año 2012 la Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social, en la sesión ordinaria número 22-2012, aprobó la ampliación y modificación del Contrato 020-2011, celebrado entre el IHSS y la sociedad Distribuidora Metropolitana S.A. DE C.V (DIMESA), por un monto de Veintitrés Millones Seiscientos Sesenta Y Ocho Mil Setecientos Sesenta Y Un Dólares Con 80/100 ($23,668,761.80) que representa el 24.8506% del monto original del contrato por $ 95,244,166.54, para complementar la adquisición de equipo biomédico que no fue incluido en el contrato inicial de equipamiento, resolución que era de ejecución inmediata; haciendo un total de la adquisición de $118.912.928.34. Adendum I suscrito el 10 de julio de 2012 es decir un año y dos meses después de haberse firmado el contrato 020-2011; adquiriéndose equipo biomédico con una sobrevaloración de 114% de los costos de mercado.

Una vez adjudicado el contrato, la empresa DIMESA S.A. subcontrató a otras empresas para que realizaran el suministro, instalación y mantenimiento preventivo y correctivo adjudicados.

Las empresas subcontratadas fueron: Hospitec, MDP, Seijiro Yazawa Iwai, MF Medical, IMLAB, TECMA y Distribuidora de Equipo Médico (MDP). Se debe destacar que estas empresas adquirieron las bases de la controvertida Licitación 005-2010.

Para garantizar el plan de pago a DIMESA, se constituyeron los fidecomisos N° 075-2011 y 043-2012, administrados por el Banco Central de Honduras, para el Adendum I al contrato 020-2011, generando erogaciones en concepto de pago de fidecomiso, incluyendo comisión de Administración del Fideicomiso mismo, por el valor de U$ 51,050,873.24 y U$ 9,136,142.16, pagaderos en Lempiras equivalentes a L 1,242,991,426.04.

En la presente investigación realizada, se encontraron los siguientes indicios del delito de fraude:

No existía una necesidad real de parte del IHSS para adquirir dichos equipos (De hecho, muchos de estos equipos aún se encuentran en bodegas sin ser usados)

En el momento de la contratación, el IHSS no tenía la capacidad económica para firmar un contrato de tales características, en razón de los montos que se establecen en el mismo;
Se observan indicios claros de que todo el proceso de licitación se constituyó para favorecer a una empresa determinada, en este caso DIMESA S.A.;

Los equipos médicos fueron sobrevalorados en un 114% del valor del mercado.

A pesar que varios equipos médicos adquiridos, aún se encuentran en bodegas sin ser utilizados, el IHSS ha venido pagando mensualmente, para que se les de mantenimiento a dichos equipos.

Todo lo anterior, demuestra una inadecuada administración de los fondos del IHSS, por parte de los miembros de la Junta Directiva que en su momento autorizaron la suscripción de dichos contratos, lo que los hace responsables de los delitos por los cuales se ha presentado requerimiento el día de hoy.

Esta acción conjunta demuestra una vez más, el compromiso de la MACCIH-OEA para seguir impulsando la lucha anticorrupción a través de instituciones del Estado, en estricto cumplimiento al mandato que nos confiere el Convenio suscrito el 19 de enero de 2016, entre el Gobierno de la Republica de Honduras y la Secretaria General de la OEA.