25/09/2023
12:21 AM

Congreso aprueba 16 nuevos artículos de la Ley Electoral

Varios artículos seguirán en suspenso mientras se discuten con los jefe de bancada.

Tegucigalpa, Honduras.

En medio de amplios debates, el pleno del Congreso Nacional continuó ayer la aprobación de los artículos de la nueva Ley Electoral que tutelará las elecciones primarias y generales de 2021.

Por segundo día consecutivo, los diputados avanzaron con el debate y aprobación de los artículos que comprenden desde el 27 hasta el 42 de la nueva Ley Electoral.

En la sesión anterior, los parlamentarios dejaron en suspenso los artículos 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21, en su mayoría relativos a la elección, integración, inhabilidades y organización interna de los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE), a los cuales se sumaron el 24, 25 y 26.

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Los artículos aprobados en la sesión de ayer se refieren a los procedimientos para la selección y nombramiento de los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE) y los requisitos, prohibiciones de ciudadanos que formarán parte de los consejos departamentales electorales, los consejos municipales electorales, y las juntas receptoras de votos.

Uno de estos incisos establece que para formar parte de los mencionados organismos, los ciudadanos deberán ser acreditados por el CNE y ser ciudadanos hondureños en el ejercicio de sus derechos políticos.

Los miembros de los organismos electorales departamentales y municipales serán considerados funcionarios del Estado dentro del plazo en que desempeñen sus funciones; además, deben ser ciudadanos integrados en el censo del departamento o municipio en el que desempeñan dicho cargo.

Sin embargo, no podrán ser parte de estos organismos electorales los ciudadanos que se desempeñen en un cargo de elección popular, los concesionarios del Estado para la explotación de las riquezas naturales o contratistas de servicios y obras públicas pagados con fondos del Estado, los inhabilitados por la Constitución de la República y las leyes especiales, y los inscritos como candidatos a cargos de elección popular.

A su vez, estos ciudadanos no podrán ingresar en los locales adonde funcionan los organismos electorales con armas de cualquier tipo, en estado de ebriedad o bajo los efectos de cualquier otra clase de droga o estupefaciente.

Tampoco podrán participar, en ningún tiempo, en actividades políticas partidistas mientras desempeñen sus cargos.