Este 30 de abril finaliza el plazo para que las personas naturales y jurídicas hagan la presentación y pagar la declaración jurada del impuesto sobre la renta (ISR) al Servicio de Administración de Rentas (SAR).
El impuesto que grava los ingresos provenientes del capital, del trabajo o de la combinación de ambos la deben pagar las personas domiciliadas en honduras, natural o jurídica.
La declaración se debe elaborar y generar a través del aplicativo DET-live mediante el formulario 357 para persona jurídica y 277 para persona natural y posteriormente se debe presentar a través de la oficina virtual.
Estas se pueden encontrar en la página del www.sar.gob.hn en la sección de servicios en línea y dónde están los formularios pre impresos.
O en la oficina virtual que está habilitada en la página web. Una vez llenadas y presentadas las declaraciones juradas, los tributantes deberán proceder al pago de los servicios.
Actualmente el SAR permite el pago a través de una ventanilla bancaria o por medio de una sucursal electrónica.
El SAR permite el pago a través de 9 instituciones bancarias en el país y también permite el pago a través de las tarjetas de crédito de Banco Atlántida, BAC y Bapaís.
Al pagar el ISR en tiempo y forma el obligado tributario recibe los siguientes beneficios: la emisión de constancias como la solvencia fiscal y el pago a cuentas.
La autorización de documentos fiscales como facturas, ticker, recibibo por honorarios, boletas de compra. Otro beneficio es evitar el pago de multas y de recargos e intereses.