27/03/2024
02:58 AM

Suspensiones laborales afectarán a casi medio millón de empleados

La Ley de auxilio al sector productivo y los trabajadores ante los efectos provocadas por COVID-19 garantiza el acceso a la salud de los colaboradores durante la emergencia.

SAN PEDRO SULA.

La nueva Ley de Auxilio al Sector Productivo y a los Trabajadores, ante los efectos de la pandemia provocada por COVID-19 establece que las suspensiones laborales serán de un máximo de cuatro meses (120 días) por la emergencia sanitaria nacional.

Las grandes empresas de Honduras continúan anunciando suspensiones laborales por la crisis económica que enfrenta el sector privado. Estimaciones de expertos señalan que al menos medio millón de trabajadores tienen en riesgo sus empleos y sus salarios.

Tras las medidas de emergencia adoptadas por el Gobierno, al menos 12,000 contratos laborales habían sido suspendidos hasta el primero de abril. Ayer, más empresas anunciaron ampliación de las suspensiones temporales.

Suspensiones
1- Gildan tiene un aproximado de 25,000 empleos en la zona norte de Honduras.

2- Elcatex anunció que reanudaría labores el 13 de abril, pero sujeto a las disposiciones del Gobierno de extender el período de emergencia.
Los colaboradores de la empresa Gildan fueron notificados de que se suspenderá su contrato laboral durante ocho semanas, iniciando el 13 de abril y concluyendo el 7 de junio. Sumando estas suspensiones y otras mencionadas anteriormente por LA PRENSA, cerca de 40,000 empleados de la industria estarán sin laborar.

El Ministro de Trabajo, Carlos Madero, dijo a medios capitalinos que ha recibido más solicitudes de suspensión laboral, pero no detalla cuantas.

Según lo aprobado por el Congreso Nacional en la ley se garantizará la estabilidad laboral de los colaboradores a los que se les haya suspendido el contrato de trabajo durante la emergencia. Además que se deberá otorgar una aportación solidaria para garantizar la supervivencia de los trabajadores durante la suspensión.

Dicha aportación será financiada por el Estado, el sector privado y el Régimen de Aportaciones Privadas.

En su artículo 28, la Ley indica que las empresas que se vean en la necesidad de suspender los contratos de trabajo deberán notificar de forma electrónica a la Secretaría de Trabajo a través de una nota cumpliendo con los requisitos establecidos en dicho artículo. La Secretaría deberá extender una constancia para habilitar a las empresas; sin embargo, la constancia no representa una autorización para la suspensión de contratos de trabajo.

Si la Secretaría de Trabajo declara sin lugar la solicitud de sus pensión de contratos, la empresa queda obligada al pago de los salarios correspondientes durante el tiempo de suspensión.

La ley también establece que los trabajadores mantienen el beneficio de acceso a la salud a través del Instituto Hondureño de Seguridad Social.

Recuperación

Jesús Canahuati, empresario de la industria maquiladora, dijo que estas suspensiones son normales, ya que los mercados que suplen están parados y las empresas no pueden garantizar sus sostenibilidad. Según el maquilador, la posición geográfica de Honduras favorece para que la maquila pueda reaccionar más rápido.

Juan Carlos Sikaffy, presidente del Consejo Hondureño de la Empresa Privada en Honduras (Cohep), dijo que el sector privado ya hizo las recomendaciones al Gobierno para que la economía no caiga a niveles tan bajos que no permitan que se pueda recuperar después.