24/04/2024
12:27 AM

Consumidores de 500 Kwh pagarán el subsidio de Enee

El presidente del CN, Luis Redondo, remitió a la comisión respectiva el proyecto de ley para ser dictaminado.

TEGUCIGALPA. El Congreso Nacional, que preside la junta directiva de Luis Redondo, recibió ayer el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo para que más de 1.3 millones de clientes de la Enee que consumen 150 kilovatios hora (kwh) o menos no paguen su factura de energía.

Xiomara Castro, presidenta de la república, envió el proyecto para reformar el artículo 18 de la Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE) que impide que el Estado aplique una carga a otros consumidores que no fueran los subsidiados.

Según la iniciativa de Ley leída por la secretaria del CN, Luz Angélica Smith Mejía, serán los consumidores residenciales y no residenciales que consuman arriba de los 500 kwh mensuales los que van a tener que pagar la factura de L540.9 millones mensuales que consumen los clientes que estarán siendo subsidiados.

Consumo

Según el pliego tarifario aprobado por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, el valor que se subsidiará a los clientes será hasta L835 que es lo que equivale una factura de 150 kwh, si el abonado consume más se le cobrará lo que corresponde.

La información proporcionada a la cámara legislativa indicó que los 1.79 millones de clientes residenciales que tiene la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (Enee) consumen L1,727.6 millones mensuales, pero que el 74.4% de estos consumen debajo de los 150 kwh y que en la factura mensual representa solo el 30% de la energía del sector residencial.

El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) señaló que el impacto que tendrá este subsidio para los consumidores que lo pagarán será de L6,500 millones anuales.

La reforma

El Ejecutivo instó al CN reformar el párrafo quinto del artículo 18 de la LGIE que se leía ““Las tarifas no deberán cargar una categoría de usuarios, costos atribuibles a otra categoría cuando el Estado decide subsidiar a los consumidores de bajos ingresos, deberá hacerlo sin alterar las tarifas y afectar las finanzas del subsector eléctrico”.

El nuevo artículo ahora se lee “Cuándo el Estado decida subsidiar a los consumidores de bajos ingresos deberá hacerlo sin afectar las finanzas del subsector eléctrico, pudiendo para ello cargar a una categoría de usuarios costos atribuibles a otra categoría”.