18/04/2024
11:37 AM

Tribunal declara no ha lugar la solicitud de sobreseimiento para exalcalde de Talanga

  • 22 marzo 2022 /

La audiencia de proposición de pruebas se programa el 5 de abril a las 8:30 am.

Francisco, Morazán, Honduras

Un Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional declaró este martes no ha lugar la solicitud de sobreseimiento para exalcalde de Talanga Roosevelt Eduardo Avilés y círculo familiar.

La audiencia de proposición de pruebas se programa el 5 de abril a las 8:30 am.

Roosevelt Avilés y sus tres familiares restantes, identificados como Bella Esperanza Ríos, César Bladimir Leiva Ríos y Fadde Saroginy Avilés, son acusados por el delito de lavado de activos

El alcalde y su esposa juntos cuentan con un patrimonio de unos 231 millones de lempiras (9,5 millones de dólares) que no han podido justificar, y han extendido a otros de sus familiares, según el Ministerio Público.

Avilés al parecer venía siendo investigado desde 2013, cuando el Ministerio Público recibió denuncias sobre su presunta actividad ligada al narcotráfico.

El alcalde también estaría ligado presuntamente a una estructura dedicada al tráfico de drogas.

La Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) y la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) señalan a los acusados de un delito de lavado de activos superior a los 367 millones de lempiras, razón por la que en el marco de la Operación REAL se les aseguraron 131 bienes inmuebles, 43 vehículos y tres sociedades mercantiles, bienes puestos a la orden de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) y por lo que simultáneamente se ejecutaron 11 allanamientos de morada y cuatro inspecciones a negocios en las ciudades de Tegucigalpa, Talanga, San Pedro Sula y Puerto Cortés.

El 12 de enero de 2022, luego de la audiencia preliminar desarrollada en el fuerte Cabañas, el juez argumentó que existían suficientes indicios y pruebas para emitir el respectivo auto de apertura a juicio, remitiendo la causa a Tribunales de Sentencia.

En relación a este caso, la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico recibió denuncia en fecha 23 de marzo de 2013 en contra del ciudadano Roosevelt Eduardo Avilés López, en la cual se manifestó su supuesta participación en una estructura dedicada al tráfico ilícito de drogas, producto de la cual ha incrementado su patrimonio, y de la cual hacen parte varios miembros de su núcleo familiar. Cabe mencionar que el Ministerio Público recibió posteriores denuncias en los años 2014 y 2015.

Fue así que después de profundizar con las diligencias investigativas dirigidas a identificar el patrimonio del denunciado y de su círculo familiar, se logró establecer la existencia de un aumento patrimonial evidentemente desproporcionado en relación a las actividades económicas generadoras de ingresos, pudiendo deducirse, en virtud de las denuncias recibidas y las técnicas especiales de investigación empleadas, que dicho patrimonio proviene de actividades relacionadas al tráfico ilícito de drogas en asociación con el hondureño Juan Ramón Matta Waldurraga, pedido en extradición a Colombia por el gobierno de Honduras, país en el que fue capturado en 2019 tras cumplir una pena por narcotráfico en Estados Unidos.

De manera que, del análisis financiero y patrimonial en donde se identificó al señor Roosevelt Eduardo Avilés López un total de ciento sesenta y cuatro millones, cuatrocientos setenta y cuatro mil novecientos treinta y cuatro lempiras con 86/100 (L.164,474,934.86) sin justificación de su origen en relación a la indagación de sus actividades generadoras de ingresos.

En iguales condiciones se encuentra su cónyuge la señora Nancy Mareyil Santos Ríos, puesto que después del análisis de toda la información patrimonial y financiera, se determinó la cantidad de ciento cincuenta y siete millones, cuatrocientos cincuenta y dos mil novecientos setenta y cuatro lempiras con 94/100 (L.157,452,974.94) que se encuentran de igual manera sin poder justificar un origen legítimo.

De su lado, la imputada Bella Ríos no justifica un incremento patrimonial de veintitrés millones cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos cincuenta y seis lempiras con 52/100 (L.23,498,356.52), mientras que la imputada Fadde Avilés López no acredita, ni justifica, un incremento patrimonial de veintiún millones seiscientos un mil cuarenta y dos lempiras con 17/100 (L.21,601,042.17).