Con el fin de deducir responsabilidades por los menores que resultaron quemados con pólvora, el Ministerio Público, MP, inició acciones investigativas.
En la región centro-sur del país se reportaron doce menores con lesiones por la manipulación de cohetes y otro tipo de material pirotécnico durante las festividades de Navidad.
Angie sigue hospitalizada
Muchos niños no podrán disfrutar el fin de año como los demás.
Este es el caso de los 12 menores que en total fueron víctimas de la pólvora.
De los doce que ingresaron antes y durante la Navidad, solo dos permanecen aún en el hospital Escuela.
De la ciudad capital llegaron ocho niños y niñas, siendo Angie Gisel Carías la única que todavía se encuentra hospitalizada debido a los daños que sufrió en su rostro tras manipular pólvora.
Angie Gisel tiene apenas nueve años de edad y es residente en la colonia Altos de La San Francisco 2 e ingresó el pasado 25 de diciembre. Según el jefe de la sala de Niños Quemados del principal centro asistencial del país, Omar Mejía, esos dos menores posiblemente estén dados de alta antes de fin de año.
Expedientes
“La Fiscalía de la Niñez ya tiene en su poder algunos expedientes; en el transcurso de los días se estarán determinando las acciones que sean competentes en cada uno de los casos”, informó Marvin Cruz, portavoz del MP.
Las acciones empezaron con el desplazamiento de trabajadores sociales al Hospital Escuela y otros que registraron el ingreso de menores quemados con pólvora.
Luego, los expedientes serán remitidos al fiscal de Riesgo Social, de la Fiscalía de la Niñez, quien determinará si presenta acciones legales ante el Juzgado de la Niñez, explicó el vocero.
Delito de maltrato
Los padres de los niños afectados con el uso de pólvora se exponen a que el MP y el Juzgado les deduzca responsabilidades legales.
Se imputaría el delito de maltrato, definido en el Código de la Niñez y la Adolescencia, indicó. El artículo 166, de dicho Código, cita: “El maltrato puede ser por omisión, por supresión o por transgresión.
El maltrato por omisión comprende todo perjuicio al bienestar del niño y a los elementos esenciales para su desarrollo físico, intelectual y emocional.
El maltrato físico por omisión comprende aquellos casos en que el niño es dejado solo, en incumplimiento de las responsabilidades propias de los adultos, y en imposibilidad de acceder, con un mínimo grado de seguridad, a un techo, a la vestimenta, alimentación o cuidados físicos y médicos necesarios”.
Sanciones
De remitirse expedientes, el Juzgado de la Niñez definirá qué sanciones impondrán a los padres.
Según el Código, las personas culpables de maltrato por omisión serán requeridas por el Juzgado de la Niñez para la corrección de la omisión o supervisión. Cabrían sanciones como multas de 5,000 a 10,000 lempiras.
Si el maltrato es por transgresión, la pena será de dos a cuatro años de reclusión. Se advierte que las multas estipuladas se aplicarán sin perjuicio de las sanciones penales que correspondan.
De acuerdo con la gravedad del caso, el juzgado competente podría hasta separar a los menores de sus padres, por comprobar que se encuentran en condición de riesgo social, expresó.