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Este martes entra en vigencia declaración anticipada de mercancías en aduanas de Honduras

  • 30 mayo 2021 /

Con la declaración anticipada se busca facilitar y agilizar el proceso aduanero.

Tegucigalpa, Honduras.

A partir del 01 de junio del presente año entra en vigencia la segunda fase de la obligatoriedad en la presentación de la transmisión electrónica anticipada de la declaración única centroamericana para las mercancías originarias de los Estados parte y previo al arribo de los medios de transporte a los puesto fronterizos integrados de El Florido, Agua Caliente y Corinto.

La obligatoriedad de la transmisión electrónica de la declaración anticipada aplicará para todos los regímenes aduaneros de salida de un país e ingreso al país de destino, incluyendo el tránsito aduanero cumpliendo con las obligaciones tributarias y no tributarias.

El director ejecutivo de la Administración Aduanera, Juan José Vides, explicó que “la declaración anticipada de mercancías consiste en la transmisión electrónica y presentación de documentación que respaldan la importación y pago de tributos previamente a la llegada de los medios de transporte a los puestos fronterizos integrados con la finalidad de que el trámite sea expedito, lo que conlleva un paso rápido por las fronteras, disminuyendo las filas, reduciendo tiempos y costos para el importador”.

Por su parte, el intendente interino de Aduanas en la Superintendecia de Administración Tributaria de Guatemala, Juan José Arreaza, comentó que “el plan piloto nos ha servido para poder hacer los ajustes tecnológicos y de procedimientos en ambos países previo a la expansión de la nueva modalidad en el manejo de la declaración electrónica anticipada y documentos soporte”.

Entre tanto, Melvin Redondo, secretario de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana, reiteró que “en el afán de seguir contribuyendo a la facilitación del comercio entre los dos países a partir del 01 de junio arranca la segunda fase de la presentación electrónica de la declaración anticipada, incluyendo a los productos con requisitos no arancelarios”.

La transmisión electrónica anticipada conlleva la carga de imágenes de los documentos que sustentan la declaración de mercancías, tales como factura comercial, documento de transporte (carta porte), manifiesto de carga, licencias, permisos, certificados u otros documentos referidos al cumplimiento de las restricciones y regulaciones no arancelarias.

Cuando la mercancía esté amparada en una Duca D, el declarante o su representante deberá consultar en Sarah Web 2.0, ingresando a la opción de acceso público y luego seleccionar cumplimiento de requisitos de declaración, de esta manera podrá consultar con el número de declaración generado en Sarah o con el número correlativo.

En el caso los medios de transporte de carga que transporten mercancías que no cumplan con las obligaciones tributarias y no tributarias que el régimen impone, no podrán ingresar a la zona primaria de los puestos fronterizos integrados.