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Multarán a funcionarios que abusen de fondos

  • Actualizado: 01 octubre 2012 /

El proyecto de ley del presupuesto de 2013 congela los aumentos salariales, incluyendo los derivados de estatutos.

Las disposiciones generales de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos para 2013 vienen rigurosas para los funcionarios que abusen de las asignaciones, al extremo de que serán multados y luego censurados por el Congreso Nacional, hasta suspenderles los fondos a las instituciones que rectoran.

El proyecto de ley ya fue turnado a la Comisión de Presupuesto del Congreso Nacional, que mañana empieza el proceso para discutirlo siguiendo el sistema de audiencias para que los funcionarios justifiquen en qué gastarán los 164 mil millones de lempiras que contempla el presupuesto de 2013.


El artículo 4 del Presupuesto establece: “Las violaciones de la presente Ley, cuando no estén sancionadas específicamente, serán penadas con multas que van desde 5,000 lempiras a 200 mil lempiras, que impondrá la Procuraduría General de la República a los funcionarios responsables”.

Uno de los artículos interesantes es el 7, que indica que “el incumplimiento de los artículos 5 y 6 de la presente Ley, por parte del funcionario titular de las Secretarías de Estado, órganos desconcentrados e instituciones descentralizadas, dará lugar a las censura por parte del Congreso Nacional.

Se les suspenderán los desembolsos por parte de Finanzas a las instituciones infractoras hasta que dicha situación sea subsanada”.

Congelados los aumentos

Entre otras directrices, el artículo 78 establece que queda prohibido efectuar pagos por servicios de telefonía celular y celebrar contratos de arrendamiento de viviendas o edificios considerados de lujo utilizando recursos provenientes de créditos o donaciones externas (fuente 21 y 22).
El funcionario que haga este tipo de contrataciones será responsable de su pago con el importe de su salario, deducido automáticamente sin perjuicio de la responsabilidad administrativa y penal en que incurriere.

El artículo 102, en el plano laboral, establece que quedan congelados los aumentos salariales en la administración pública, incluyendo los derivados de estatutos y contratos colectivos.