La Asociación de Fiscales de Honduras (AFH) no está de acuerdo con el nombramiento de una junta interventora al frente del Ministerio Público (MP).
Ayer acudieron a la Sala Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto 59-2013, que crea una Comisión Interventora.
“Se interpone garantía de inconstitucionalidad por vía de acción, en forma total y por razón de contenido, contra el Decreto Legislativo No 59-2013, mediante el cual se crea la Ley Especial de Intervención al Ministerio Público”, cita el encabezado del escrito, que presentó Fabricio Erazo, presidente de la AFH.
Dicha ley la aprobó el Congreso Nacional el 16 de abril de 2013 y publicado en la Gaceta número 33,101, del 17 de abril de 2013.
Argumentos
La AFH argumenta que el referido decreto transgrede el principio de independencia del MP, así como del procedimiento de sustitución de su titular, por apartarse de lo prescrito en la Constitución de la República.
¿Expone que el MP no depende del poder político estatal, que su titular de ningún modo podrá ser un funcionario, ni miembro alguno perteneciente a una Comisión, sino solamente aquel cuya titularidad fue decidida por el Congreso de una nómina de cinco candidatos seleccionados por una junta proponente de conformidad con el procedimiento establecido en la respectiva ley.
El artículo 233 de la Constitución ya establece que la titularidad del MP le corresponde al Fiscal General, quien en caso de ausencia será sustituido por el Adjunto.
“El Decreto 59-2013 que se acusa de inconstitucional destroza de manera incuestionable la forma de gobierno”, cita el escrito.
Según la AFH, el Congreso lesionó “la independencia y la no injerencia política sectaria en el órgano acusador del Estado y que se materializa con la creación de una Comisión Interventora”.
La suplantación del Fiscal General de la República contraviene abiertamente la Constitución de la República, lo cual conlleva entonces a un irreversible sometimiento del MP al Poder Legislativo e irremediablemente a una injerencia de este en los asuntos del órgano acusador.