El decreto 015-2008 que obligaba a compañías importadoras a vender productos derivados del petróleo en temperatura de 60 grados, fue suspendido de forma provisional por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia.
Así lo confirmó el juez Danery Meda, quien manifestó que esta medida se mantendrá hasta que dure el juicio de la demanda que interpuso la transnacional Distribuidora de Productos de Petróleo, Dippsa, en contra del Estado hondureño en el cual piden la nulidad de dicha disposición.
El juez amplió que los importadores aducen que vender los carburantes a 60 grados de temperatura ocasiona daños y prejuicios irreparables que llevarían a las empresas a la quiebra.
'Uno de los argumentos establecidos por la empresa Dippsa es que de seguirse aplicando el decreto 015-2008, no podrían pagar algunas deudas que tienen con el sistema financiero y eso les ocasionaría la quiebra', dijo.