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Corte otorga sobreseimiento definitivo a exjunta del IHSS

  • 22 enero 2016 /

Tegucigalpa, Honduras.

La Corte Suprema de Justicia despidió su período de gestión 2009-2016 y dejó en libertad a siete de los exdirectivos del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

Ayer, la Dirección de Comunicaciones del Ministerio Público informó a través de un comunicado oficial el fallo que para ellos fue dictado “fuera de la ley”.

El documento detallaba que los directivos “fueron favorecidos con un sobreseimiento definitivo por parte de la Corte de Apelaciones Natural, que la integran los magistrados Jorge Rivera Avilés, Edith María López y Víctor Manuel Lozano”.

Explica que los togados “a solo tres días de terminar su período (uno laborable) determinaron que no había abuso de autoridad por parte de los exfuncionarios”.

Los beneficiados fueron el diputado nacionalista Arturo Bendaña Pinel, Leonardo Villeda Bermúdez, empresario y hermano del excandidato presidencial Mauricio Villeda, y Carlos Montes Rodríguez, exviceministro de Trabajo.

También los representantes de la centrales obreras José Hilario Espinosa Herrera, José Humberto Lara Enamorado y Luis Alonso Mayorga Gálvez, y la doctora Odessa del Carmen Henríquez, quien representaba al Colegio Médico de Honduras (CMH) en la entonces junta directiva. De estos solo guarda prisión por un caso de soborno Carlos Montes, el resto tenía auto de formal procesamiento, pero con medidas sustitutivas a la cárcel.

Acusación

Los siete exdirectivos fueron acusados en 2014 en un requerimiento fiscal que incluía a 15 personas, entre ellos Mario Zelaya, exdirector del IHSS; Ramón Bertetty, exgerente administrativo; el exviceministro de Salud Javier Pastor, el líder sindical y director del RAP Daniel Durón, el doctor José Manuel Espinoza y los empresarios Óscar Galeano, Arnaldo Solís y Benjamín Bográn. De acuerdo con el comunicado, la exjunta directiva fue acusada por el traspaso de 1,500 millones de lempiras del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) al régimen de Enfermedad y Maternidad (EM). Esta “acción está prohibida por el artículo 58 de la Ley del Seguro Social”, dice el documento.

Calladito

La Fiscalía denunció que “la acción promovida por la Corte está lista desde el 15 de noviembre del año anterior, pero extrañamente fue notificada hasta ayer 21 de enero”. “Ante este fallo judicial, el Ministerio Público manifiesta estar en total desacuerdo por no estar apegada a derecho (...) y atentar contra los intereses generales de la sociedad y los derechohabientes del IHSS”.