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Más de 10 años de prisión para primos de Teodoro Bonilla

  • 12 marzo 2019 /

La Sala I del Tribunal de Sentencia los condenó por unanimidad de votos.

Tegucigalpa, Honduras.

La Sala I del Tribunal de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) confirmó este martes la sentencia para dos personas involucradas en el caso denominado Shalom.

El Tribunal con jurisdicción nacional condenó a 15 años de reclusión a Carlos Roberto Bonilla, culpable por el delito de lavado de activos, asimismo a Luis Antonio Lara Herrera le cayeron 34 años y 2 meses de prisión por los delitos de usurpación del estado civil, almacenamiento ilegal de armas de uso prohibido y almacenamiento ilegal de armas de uso comercial.

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A las penas también se les suma la inhabiliatación absoluta e interdiccion civil.

Acusación

Según las investigaciones de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (Fescco) en el caso Shalom, Carlos Bonilla lavó en su empresa más de 74 millones de lempiras, mientras que Luis Antonio Lara cerca de 59 millones de lempiras, cantidades que no pudieron comprobar su origen lícito.

Por el caso 'Shalom' también fue acusado y condenado el abogado Teodoro Bonilla exvicepresidente del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, quien también es primo de Carlos Bonilla y Luis Lara.

Inhabilitación absoluta e interdicción civil, según el Código Penal

Artículo 48. -La inhabilitación absoluta se entiende para cargos u oficios públicos, derechos políticos y profesionales (3) titulares durante el tiempo de la condena y produce:

1) La privación de todos los cargos u oficios públicos y ejercicio de profesiones titulares de que estuviere en posesión el penado, aún cuando los cargos sean de elección popular.
2) La privación de todos los derechos políticos y la incapacidad para obtenerlos.
3) La incapacidad para obtener los cargos u oficios públicos, profesiones y derechos mencionados.

Artículo 54. -La interdicción civil consiste en la suspensión de los derechos de patria potestad, tutela, guarda y administr ación de bienes, pero el interdicto podrá disponer de los propios por testamento.