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Las claves del caso 'Patuca III Colusión y Corrupción'

  • 18 marzo 2019 /

La Maccih presentó un requerimiento fiscal contra 10 personas involucradas en actos de corrupción.

Tegucigalpa, Honduras.

La Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (Maccih), a través de la Unidad Fiscal Especial contra la Corrupción e Impunidad (Ufeccic) del Ministerio Público presentó este lunes un nuevo requerimiento fiscal contra 10 personas.

Lea: Maccih presenta requerimiento fiscal contra 10 personas por caso 'Patuca III'

Según la Maccih, los acusados defraudaron al Estado hondureño por más de 4 millones de lempiras en el proyecto de la represa hidroeléctrica Patuca III, proyecto de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (Enee) en el departamento de Olancho.

Estas son las claves del caso denominado 'Patuca III Colusión y Corrupción'

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10 son los acusados por este caso

1) Gabriel Prieto Gutiérrez, por los delitos de fraude, abuso de autoridad, y dos delitos de falsificación de documentos
2) Juan José Villeda Mejia, por fraude, violación de los deberes de los funcionarios y cohecho
3) Renán Alexis Maldondaro Rodriguez
4) Luisa Sofía Figuero Claré y
5) Elia Virginia Medina Zúñiga, por el delito de violación de los deberes de los funcionarios
6) Waldina Lizzette Salgado Pérez y
7) Francisco Arturo Mejía por los delitos de fraude y soborno doméstico
8) Roberto Arturo Mejía Salgado por el delito de sorborno doméstico;
9) Ada Amalia Puerto Ramírez y
10) Suyapa Lorena Rivera, por fraude en el grado de complicidad.

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Proceso de adjudicación con empresas relacioandas entre sí

El 10 de mayo del 2012, el Ingeniero Gabriel Prieto Gutiérrez, actuando en su condición de Director Ejecutivo de la Ueper (Unidad Especial de Proyectos de Energía Renovable); mediante oficio N° Ueper-224-2012, invitó directamente a las empresas Lutopas, Ergo Limited S.A. DE C.V. y Empresa Prefabricados de la Madera Sarahí, S. DE R.L. para que presentaran sus ofertas, en el proceso de “Contratación para el Equipamiento de las Unidades de Vivienda y Oficinas en el Campamento Enee del Proyecto Hidroeléctrico Patuca III”, eligiendo únicamente a estas empresas, entre el amplio universo de proveedores de bienes muebles que tienen operaciones en el país.

A partir de ahí, las representantes legales de estas tres empresas, Ada Amalia Puerto Ramírez, actuando agente externo de la Empresa Ergo Limited y Suyapa Lorena Rivera quien participó como representante legal de Prefabricados de la Madera Sarahí (empresa creada pero que nunca entró en operaciones), en concierto con Waldina Lizzette Salgado Pérez, quien tenía el control de hecho de la empresa Lutopas, presentaron ofertas lo suficientemente altas (con una diferencia hasta de L.7,311,332.00), para que el contrato le fuera adjudicado a lutopas.

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Integrantes de la comisión de Análisis

Posteriormente, el mismo ingeniero Prieto Gutiérrez notificó la selección de los “integrantes de la Comisión de Análisis de ofertas”, siendo designados: Juan José Villeda Mejía, Renán Alexis Maldonado Rodríguez, Elia Virginia Medina y Luisa Sofía Figueroa, quienes en el desempeño de su cargo, no ejecutaron los actos propios de los deberes de su nombramiento y no ejercieron un control debido de las ofertas presentadas por las empresas invitadas. Asimismo, no exigieron una justificación de la determinación de compañías a invitar, ni llevaron a cabo una comparación de los bienes ofertados con las oportunidades y precios existentes en el mercado.

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En investigaciones se encuentran otras empresas vinculadas

Las investigaciones del caso han encontrado vinculaciones entre las tres empresas invitadas a ofertar por medio de nexos familiares y comerciales pre existentes entre sus socios, encontrando su punto de encuentro en la Sociedad Consultores Especializados S. de R.L. de C.V (Coesa).
Entre los hechos que revelan estos nexos, Suyapa Lorena Rivera es socia fundadora de Coesa, empresa que posteriormente vende sus acciones, situación que se formaliza a través de los oficios de la notaria Ada Amalia Puerto Ramírez (quien fue asesora de la Ueper de marzo a diciembre de 2011).
Asimismo, Coesa tiene su sede en las mismas direcciones donde se ubican las empresas Comssa e Inversiones Acrópolis, cuyos representantes legales eran Roberto Arturo Mejía Salgado y Francisco Arturo Mejía (hijo y esposo de la señora Waldina Lizzette Salgado Pérez).

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Familión

Estos nexos se extienden al señor Juan José Villeda Mejía, quien fungió como Procurador Legal de la Ueper y miembro de la “Comisión de Análisis de Oferta” de este contrato. Comisión que fue la encargada de recomendar la contratación de la empresa Lutopas, la cual estaba controlada de hecho por la señora Waldina Lizzette Salgado Pérez, quien a su vez era esposa del señor Francisco Arturo Mejía, quien era Representante de la entidad Acrópolis S.A. de C.V. y ambos eran padres de Roberto Arturo Mejía Salgado quien era representante de la empresa Consultorías, Mantenimientos y Servicios S.A. (Comssa).

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Sobrevaloración de bienes

Las empresas Lutopas, Acrópolis S.A. y Comssa fueron las encargadas de comprar los bienes objeto del contrato por un valor total de dos millones setecientos cincuenta mil trecientos noventa y tres Lempiras con veinte centavos. (L.2,750,393.20 Lempiras), equipo que se vendió a la Ueper por un valor de seis millones, ochocientos sesenta y seis mil, tres lempiras (L.6,866,003.00 lempiras), resultando una sobrevaloración de cuatro millones ciento quince mil, seiscientos nueve lempiras con ochenta centavos (L.4,115,609.80 lempiras) equivalente en un ciento cuarenta y nueve puntos sesenta y cuatro por ciento (149.6371428%) de incremento en las ventas de equipo que se vendió a la Ueper.

De la totalidad de bienes vendidos a un costo de catorce millones, quinientos veinte mil lempiras, (L14,520,194) solo se recuperaron facturas correspondientes al 47.3% de estos bienes, en los cuales se cuantifica una sobrevaloración del 149.64%, equivalente a cuatro millones, ciento quince mil, seiscientos nueve lempiras con ochenta centavos (L4,115,609.80), en el grupo de productos comprobados.

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Inconsistencias en contratos

La etapa de ejecución del contrato muestra una serie de inconsistencias. Por ejemplo, existen dos actas en donde consta la recepción de los bienes objeto del contrato, de fechas 27 y 30 de diciembre de 2012. Sin embargo, las investigaciones del caso han demostrado que las compras de los bienes utilizados para el suministro del contrato, fueron llevadas a cabo en fechas posteriores a ambas actas (en abril de 2013, noviembre de 2014 y febrero de 2015), habiéndose pagado por estos bienes un monto de catorce millones, quinientos veinte mil, ciento noventa y cuatro lempiras (L14,520,194.00). Es decir, aparentaron recibir los bienes y pagaron el valor de los mismos cuando estos aún no se habían comprado.

El pago anteriormente mencionado, se realizó por parte de la Secretaría de Finanzas a través de depósitos hechos en dos cuentas, una a nombre de Lutopas/Waldina Lizzette Salgado Pérez y la otra a nombre de Comssa. La transferencia realizada a Comssa (cuyo representante legal era Roberto Arturo Mejía Salgado), se hizo en razón que la empresa Lutopas, le vendió a Comssa los derechos derivados del contrato que había suscrito con la Ueper, tal sesión de derechos se formalizó ante los oficios del notario Francisco Arturo Mejía.

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De Puesto de influencia a Gerencia general

En diciembre de 2012, Juan José Villeda Mejía dejó su puesto de influencia dentro de la estructura de la Ueper y aceptó el puesto de Gerente General de Coesa, situación que se formalizó ante los oficios del notario Francisco Arturo Mejía (representante de la entidad Acrópolis S.A. de C.V.). Corto tiempo después, tras su salida del sector público, el señor Juan José Villeda Mejía, recibió 5 cheques de las empresas Comssa, Inversiones Acrópolis y Lutopas, vinculadas a la familia Mejía Salgado, por un monto total de un millón, cincuenta y cinco mil lempiras (L1,055,000.00). Es importante mencionar que estos pagos son llevados a cabo, pocos días después de que la Secretaría de Finanzas realizó los pagos por concepto del suministro de bienes acordados en el contrato suscrito entre Lutopas y la Ueper.