El Gobierno de Estados Unidos alabó la determinación de Honduras de poner en vigencia la nueva Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo, cuya versión anterior generó discrepancias en 2014 entre el Gobierno hondureño y Washington.
“Honduras ha dado un gran paso, sancionando la Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo, que regula la interceptación aérea. Esta ley es un paso importante en el fortalecimiento de cooperación bilateral y la lucha contra el crimen organizado”, dijo la embajada en su cuenta oficial.
En abril de 2014, la administración de Barack Obama determinó suspender la asistencia de información de radar a Honduras, luego de que el Gobierno hondureño aprobara la Ley de Protección de Espacios Aéreos, que ordenaba el derribo de narcoavionetas que surcaran el espacio aéreo nacional.
Se deroga la ley anterior
La nueva legislación deroga el decreto No. 347-2013 del 17 de enero de 2014, publicado en el diario oficial La Gaceta No. 33,369, de fecha 3 de marzo de 2014, contentivo de la Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo. Esta legislación establecía un “escudo aéreo” en el territorio nacional y ordenaba el derribo de cualquier narcoavioneta.
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Sin embargo, con la nueva legislación aprobada por el Legislativo hondureño la semana anterior a instancias del Ejecutivo y por presiones de EUA, el derribo de una avioneta sospechosa de transportar droga se descarta completamente como una opción militar de protección a la soberanía territorial.
El lunes de esta semana, el titular del Poder Ejecutivo, Juan Orlando Hernández, sancionó la nueva legislación en la materia e inauguró el Centro Combinado de Operaciones Interagencial (CCOI), que cuenta con la colaboración del Comando Sur de Estados Unidos.
El nuevo centro, integrado por las agencias de investigación e inteligencia del Estado de Honduras, tendrá seccionales de apoyo para el control del espacio aéreo en los departamentos de Olancho, Colón y Gracias a Dios.
Qué contiene
En su parte resolutiva, esta ley establece los protocolos, normas, reglas y procedimientos que se seguirán para la ubicación, identificación, rastreo, interceptación y señalización a través de disparos de advertencia utilizando municiones que contengan cartuchos trazadores de aeronaves que son razonablemente sospechosas de estar dedicándose principalmente al tráfico ilícito de drogas o cualquier otro tipo de tráfico ilícito.La normativa dispone que todas las aeronaves que pretendan ingresar o sobrevolar el espacio aéreo nacional deberán cumplir con las disposiciones del Reglamento del Aire, contenido en el anexo 2 del Convenio de Chicago vigente para Honduras, y la legislación interna aplicable.
“Esta ley es un paso importante en el fortalecimiento de cooperación bilateral”:Colleen A. Hoey,Encargada de Negocios EUA
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En lo sucesivo, el protocolo de interceptación estará compuesto de dos fases: La fase I, que se refiere a la interceptación de una aeronave y al establecimiento de comunicaciones con esta a través del uso de comunicación por radio o señales visuales, y ordenando a la aeronave interceptada a aterrizar en la pista adecuada más cercana.
Entre tanto, la fase II consiste en el uso de disparos de advertencia como medida de señal, utilizando municiones que contengan cartuchos trazadores, para asegurarse de que el piloto se entere de que ha sido interceptado.
“Estamos cerrando cada vez más las áreas para el narcotráfico y crimen organizado”: Juan Orlando Hernández, presidente
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El comandante de la FAH para determinar si la aeronave es razonablemente sospechosa de estar dedicándose al tráfico ilícito de drogas o cualquier otro tipo de tráfico ilícito deberá valorar una serie de criterios antes de autorizar la fase I.
Entre esos criterios, el jefe militar deberá valorar si la aeronave no presentó el plan de vuelo requerido, está volando inexplicablemente fuera de la ruta designada en su plan de vuelo aprobado, está volando a una altitud inexplicablemente baja, de noche y sin luces, tiene en la cola un número de registro falso o no tiene número de registro, y si las ventanas de la aeronave están oscurecidas.
Datos
104 vuelos con drogas por territorio hondureño detectó en 2011 el Comando Sur de EUA.
63 vuelos con drogas se registraron el año 2012 por el cambio de rutas.
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La FAH no podrá entrar a la fase I y suspender la interceptación cuando existe indicio racional que a bordo de la aeronave viajan personas que no participan intencionalmente en el tráfico ilícito de drogas o se trate de una aeronave en operaciones comerciales y se trate de un aeroplano no civil y cuando opere según un plan de vuelo aprobado, entre otras.
Fase II
A esta etapa solamente se pasará cuando el piloto de la nave de las FAH tenga información razonable de que la aeronave está dedicándose al tráfico ilícito de drogas o cualquier otro tipo de tráfico ilícito y no cumple con la orden de aterrizar emitida por él.Una vez que se hayan agotado los protocolos y la orden de aterrizar, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas aprobará o rechazará la solicitud de iniciar la fase II, después de evaluar y verificar que todos los procedimientos requeridos se han seguido.
El piloto de las FAH no podrá hacer disparos de advertencia sin antes haber solicitado y recibido la autorización del Jefe del Estado Mayor Conjunto. Una vez realizado ese paso deberá advertir a la aeronave sospechosa que se procederá a realizar disparos de advertencia si se rehúsa a obedecer las advertencias. El piloto de las FAH procurará no impactar a la aeronave interceptada, a cualquier otra aeronave que se encuentre cerca y a personas o a inmuebles en tierra.
Excepto en casos de legítima defensa, la autoridad que actué en nombre del Estado de Honduras no dañará, destruirá ni inhabilitará ninguna aeronave civil que surque el espacio aéreo nacional.
3 claves de la normativa. La legislación incluye otras disposiciones para garantizar la soberanía del espacio aéreo hondureño, entre estas: