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Reformas al TSC 'blindan” registros de funcionarios hondureños

  • Actualizado: 30 diciembre 2018 /

El Congreso Nacional retomará en las primeras sesiones de 2019 las reformas a la ley. TSC dispone que solo los órganos jurisdiccionales tendrán acceso a sus registros o archivos

    Tegucigalpa, Honduras

    El Congreso Nacional se apresta a aprobar en las primeras sesiones de 2019 las reformas a la Ley del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), con las cuales se busca fortalecer la función de auditoría, el control preventivo y concurrente sobre el manejo de los fondos públicos y el combate a la corrupción en las esferas estatales.

    Demanda
    La Maccih ha venido planteando replantear el mecanismo de investigación en los casos de enriquecimiento ilícito.

    Una de las novedades de las enmiendas es que en lo sucesivo el TSC tendrá la potestad de seleccionar y destituir a los auditores internos de las diferentes instituciones del Estado, y no como ahora, que dichos cargos son designados por los titulares de las entidades públicas y muchas veces con base en criterios partidistas.

    Con lo anterior se busca la complementariedad de funciones entre el TSC y las unidades de auditoría interna y ejercer el aseguramiento de la calidad en los encargos de auditoría que realizan los auditores y su personal auxiliar.

    En general, con la propuesta se pretende que el órgano contralor mejore su capacidad de fiscalización, la calidad y tiempos de ejecución de las auditorias que realiza, así como una mayor cobertura, haciendo un uso más eficiente y económico de sus recursos.

    Tomás Zambrano, secretario del Poder Legislativo, confirmó a LA PRENSA que las reformas a la ley del TSC son parte del paquete de normativas prioritarias que serán sometidas a aprobación del pleno en el primer trimestre de 2019.

    Principales aspectos

    La Ley del TSC. La iniciativa reforma varios artículos de la normativa del órgano contralor.

    Independencia
    Garantizará la independencia administrativa, financiera y técnica del Tribunal Superior de Cuentas.

    Denuncia
    Los funcionarios que sepan de un acto irregular deberán denunciarlo a su superior o al TSC, procurando su protección.

    Protección
    El Estado garantizará la protección e integridad física y la vida del denunciante y su familia a solicitud del TSC.

    Abuso
    Se sancionará a funcionarios y empleados públicos que circulen con vehículos del Estado en días y horas inhábiles.

    Declaración
    La declaración de ingresos, activos y pasivos se actualizará anualmente dentro de los primeros 4 meses del año.

    Blindaje
    Solo el Estado por medio de los órganos jurisdiccionales puede tener acceso a los registros del TSC.

    Según el artículo 222 de la Constitución de la República, el TSC es la entidad rectora del sistema de control de los recursos públicos, con autonomía funcional y administrativa de los poderes del Estado; pero su papel auditor ha sido fuertemente cuestionado por sus pobres resultados en el combate de la corrupción pública.

    De hecho, en la reforma se plantea que solamente el Estado por medio de los órganos jurisdiccionales puede tener acceso a los registros del TSC, lo cual es catalogado como un “blindaje” y un acto de opacidad frente a los expedientes y declaraciones de los altos funcionarios.

    Disposiciones

    Entre otras cosas, la iniciativa de ley incorpora como sujetos a la ley del TSC al Ministerio Público, la Procuraduría General de la República, el Tribunal Supremo Electoral, la Superintendencia de Alianza Público Privada, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, así como otros organismos creados mediante ley, decreto o acuerdo ejecutivo.

    Para un mejor y adecuado desempeño, las reformas otorgan al TSC autonomía funcional, administrativa y financiera de los Poderes del Estado y solo estará sujeto a la Constitución.

    Conforme a esta iniciativa, los auditores internos de las instituciones públicas tendrán la potestad de investigar y formular los pliegos de responsabilidad civiles, penales y administrativas contra los funcionarios implicados en un acto ilícito.

    El auditor interno que no informe ni elabore los pliegos de responsabilidad pertinentes será responsable solidariamente con los servidores reparados, cuando haya tenido conocimiento de esos actos o hechos, sin perjuicio de la aplicación del procedimiento respectivo para la destitución de su cargo.

    Ministros, directores y auditores serán responsables solidarios
    José Juan Pineda, magistrado del TSC, aplaudió la pronta aprobación de las reformas y dijo que las mismas fortalecen la lucha contra la corrupción. “Buscamos tener un control preventivo y concurrente en el uso del patrimonio del Estado en el sentido de hacer responsables a los sujetos pasivos, como los ministros, directores y administradores, gerentes y al auditor interno de cada institución, explicó.

    La reforma indica que serán responsables solidarios los superiores jerárquicos que hayan autorizado el uso indebido de los bienes públicos o por no haber implementado las disposiciones de control interno. Expresó que también se garantizará que ningún gerente o ministro pueda quitar a un auditor que está haciendo bien su trabajo.