Cada lempira que una persona natural o jurídica ha depositado en el sistema financiero supervisado de Honduras está protegido en caso de que una institución sea declarada en liquidación forzosa.
Así está contemplado en la Ley de Seguro de Depósitos en Instituciones del Sistema Financiero, la que fue aprobada mediante decreto 53-2001 del 30 de mayo de 2001.
El seguro de depósito fue creado en Honduras mediante el artículo 41 del decreto 170-95 del 30 de octubre de 1995; sin embargo, la aplicación fue efectiva a partir de 2021.
Para 2025, el Fondo de Seguro de Depósitos (Fosede) aprobó que para este año la cantidad máxima asegurada es de 245,715 lempiras y abarca 11,064,123 cuentas de depósito, a la vista y término en el sistema financiero nacional, de acuerdo con datos a febrero pasado publicados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
El tema de la protección de los depósitos volvió a cobrar auge 27 años después de la quiebra de una financiera en San Pedro Sula y que se ha revivido con la intervención de la empresa Koriun Inversiones.

Cobertura
El Fosede dispone de recursos que son aportados por las instituciones financieras supervisadas para intervenir en caso de liquidaciones forzosas.
Hasta 2021, el balance general reveló que la suma de los activos —disponibilidades, inversiones en valores, préstamos, entre otros— ascendió a 10,818 millones de lempiras.
Para 2024 se calcula que esa cifra aumentó a 15,850 millones de lempiras.

La aportación de las instituciones financieras oscila entre 0.10% y 0.25% sobre el saldo de los depósitos, las que cada año varían de acuerdo con el aporte aprobado por la junta administradora del Fosede.
En el pasado, el seguro de depósito fue aplicado en la liquidación forzosa de bancos y asociaciones de ahorro y préstamos. La última intervención del Fosede ocurrió en 2015 con la liquidación forzosa de Banco Continental, con una aportación de 1,597 millones de lempiras para la restitución de depósitos.