26/04/2024
07:16 AM

OIT: los países más pobres trabajan más

En Latinoamérica, México y Costa Rica tienen las jornadas laborales más largas en la región con 74 horas semanales, Honduras cumple 44 horas similar a sus pares en Centroamérica.

Tegucigalpa, Honduras.

Estudios llevados a cabo por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) muestran que los países de ingresos bajos y medios tienden a trabajar más horas que sus contrapartes más ricos.

Esto se debe a una serie de factores que van desde la proporción de trabajadores cuentapropistas o autónomos a los salarios más bajos, la inseguridad laboral y cuestiones culturales.

Sin embargo, los países asiáticos parecen ser la excepción a la regla.

Según las cifras más recientes de la OIT, Asia es el continente donde el mayor número de personas trabaja la mayor cantidad de horas: la mayoría de los países asiáticos (el 32%) no tienen un límite máximo para la jornada laboral.

Otro 29% tiene umbrales altos (60 horas semanales o más). Y solo el 4% de los países cumplen con las recomendaciones de la OIT y acatan las normas laborales internacionales que establecen un máximo de 48 horas o menos para la semana laboral.

En India no existe un límite para el horario laboral máximo, los trabajadores no tienen una cantidad mínima garantizada de vacaciones pagadas anuales. Corea del Sur es la nación desarrollada que tiene la jornada laboral más larga, según la OCDE pasará de 68 a 52 horas en julio próximo

Latinoamérica

En las Américas y el Caribe, el 34% de las naciones no tienen límite de horas semanales, la tasa más alta entre todas las regiones.

Uno de los países sin límite es Estados Unidos.

México y Costa Rica, con jornadas de 48 horas semanales de promedio (como Perú y Guatemala), son analizadas por un informe de la OCDE, que los compara con las jornadas europeas que son menores excepto en Bélgica y Turquía.

En el caso de Honduras, la ley establece 44 horas semanales, (ocho diarias y cuatro el día sábado). Sin embargo, el horario en el agro es mayor. El artículo 194 del Código del Trabajo señala que “el trabajo de los obreros agrícolas se regirá por las normas generales de los contratos individuales de trabajo, en lo que no sean incompatibles con las labores agrícolas y con las disposiciones del presente Capítulo. Cuando en el trabajo agrícola no se estipula unidad de tiempo, no estará sujeto a horario, sino que será determinado por la naturaleza de la labor, las condiciones de la región o por la costumbre”.

En este sector laboral, en la mayoría de los casos, no se da cobertura social ni vacaciones. Según las autoridades de Trabajo, más de 1.2 millones de “ocupados” están en agro.