El director ejecutivo del Consejo Hondureño de la Empresa Privada, Cohep, Armando Urtecho, dijo hoy a la radio hondureña, HRN, que los empresarios no están obligados a pagar retroactivos por el nuevo aumento al salario mínimo aprobado a partir del primero de abril.
Basándose en el artículo 96 de la Constitución de la República de Honduras que específica que la Ley no tiene efecto retroactivo, excepto en materia penal cuando la nueva ley favorezca al delincuente o procesado. 'Si este acuerdo entra en vigencia el primero de abril, luego entonces los primeros meses los empresarios no están obligados a pagar, si ellos quieren pagado dos o tres meses de manera retroactiva será voluntad de ellos o la empresa'.
Urtecho manifestó que ningún funcionario de la Secretaria del Trabajo o Ministerio Público puede obligar a los empresarios a pagar ya que están amparados en la ley. 'Esta misma actitud la asimismo cuando el ex presidente Manuel Zelaya hizo el aumento del salario mínimo. Esta es una posición en el cumplimiento de la ley'.
El director ejecutivo dijo que cualquier persona o empresa que el Gobierno quiera imponer una sanción puede apelar a la Corte Suprema de Justicia y ha esta no le queda de otra que admitir el recurso.
El Gobierno de Porfirio Lobo decretó el miércoles el salario mínimo para 2011, quedando entre L 4,368 y L 6,651 con un promedio de 289.51 dólares. En Centroamérica, sólo Costa Rica tiene una remuneración más alta en su escala salarial con un promedio de 435.32 dólares (unos 8,284.13 lempiras); en tercer lugar queda Guatemala con 272.01 dólares, seguido por El Salvador con 208.00 dólares y Nicaragua, en último lugar, con 194.81 dólares.