La justicia española condenó a 10.800 euros al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales, por un delito de agresión sexual por el beso en la boca a la jugadora Jennifer Hermoso tras ganar el Mundial de Fútbol en Sídney, el 20 de agosto de 2023.
Sin embargo, le ha absuelto del delito de coacciones a la jugadora para que restase importancia a ese beso.
También fueron absueltos del delito de coacción el exentrenador de la Selección femenina Jorge Vilda y los exdirectivos Albert Luque y Rubén Rivera, que se sentaron con él en el banquillo en relación a estos hechos han sido absueltos del delito de coacciones a la jugadora Jenni Hermoso del que estaban acusados para que restase importancia al beso no consentido que le dio el primero tras la final del Mundial.
El fallo del juez José Manuel Fernández-Prieto de la Audiencia Nacional, donde se desarrolló el juicio, prohíbe además a Rubiales acercarse a Hermoso en un radio de 200 metros y comunicarse con ella durante un año.

Rubiales tendrá además que indemnizar a Hermoso con 3.000 euros por “el daño moral causado por el beso dado por sorpresa, unido al momento y lugar en que se proporciona, a la vista de las miles de personas asistentes en el estadio de fútbol y de los miles de telespectadores que veían la ceremonia por televisión”.
Luque era el exdirector de Fútbol de la sección masculina y Rubén Rivera, responsable de marketing de la Federación, quien acompañó a las jugadoras al viaje a la isla de Ibiza (Mediterráneo) con el que fueron premiadas por ganar el Mundial.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional había solicitado una condena total de 2 años y 6 meses de cárcel para Rubiales, de los cuales un año era por el delito de agresión sexual y otro año y medio por las coacciones.
Por este último tipo penal, la representante del Ministerio Público había pedido la pena de 1 año y 6 meses para los otros tres acusados.

La sentencia del Juzgado Central Penal, encargado de juzgar delitos que no exceden cinco años de cárcel, se puede recurrir ante la Sala de lo penal de la Audiencia Nacional.
Juez no ve delito de coacciones a Hermoso porque no hubo violencia ni intimidación
El juez de la Audiencia Nacional, José Manuel Fernández-Prieto, ha absuelto a Luis Rubiales, a Jorge Vilda y a los dos ex altos cargos de la RFEF del delito de coacciones a Jenni Hermoso al considerar que no hubo ni violencia ni intimidación sobre la futbolista.
El juez, que ha condenado al expresidente de la RFEF a una multa de 10.800 euros y a una indemnización de 3.000 por agresión sexual por el beso no consentido que dio a Hermoso tras la final del Mundial de 2023, ha sentenciado que los acusados no coaccionaron a la víctima para que restase importancia a lo ocurrido ante la polémica suscitada en los días posteriores.
El magistrado recalca que da “plena credibilidad” al testimonio de la futbolista, pero ella no describió en el juicio “ningún acto de violencia ni de intimidación realizado por ninguno de los acusados ni por terceros”.
Para Fernández-Prieto, “esta acción de dar un beso en la boca a la mujer tiene una clara connotación sexual, y no es la forma normal de saludar a las personas con quienes no se mantiene una relación de afectividad”.

Recuerda al respecto que la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que, para condenar por ese delito, debe existir violencia o intimidación directamente dirigida a obligar a otra persona a hacer lo que no quiere o a no hacer aquello que desea hacer.
E insiste que en este caso “basta con leer los escritos de acusación para comprobar que en ellos no se describe ningún acto de violencia ni de intimidación sobre la persona de Jenni Hermoso y no puede obviarse que el derecho de defensa exige que los hechos constitutivos del tipo penal estén claramente descritos en los escritos de conclusiones provisionales de las acusaciones”.
En los hechos descritos por Hermoso y por los testigos, tanto en el vestuario, como en el autobús, en el avión de vuelta a España, en la escala que hizo el avión en Doha o en el posterior viaje a Ibiza junto a las demás campeonas del mundo no aprecia el juez que los acusados cometieran “ningún acto de violencia ni de intimidación sobre Jennifer Hermoso Fuentes”, por lo que les absuelve.