El Congreso Nacional aprobó esta semana en segundo debate la Ley Especial para la Seguridad y la Prevención de la Violencia e Intolerancia en los Estadios de Fútbol.
Esta normativa tiene el propósito de mejorar la seguridad y prevenir actos violencia e intolerancia en las instalaciones deportivas, como la que se dio en el clásico sampedrano Marathón-Real España, donde las barras de ambos equipos provocaron tremenda batalla campal.
Para la aplicación de las penas se reformó por adición el artículo 27, capítulo 2, del título cuarto del Código Penal vigente, donde las sanciones se dividen en infracciones leves y graves para los espectadores y otros asistentes, así como los organizadores de eventos deportivos y administradores de estadios.
A la persona que cometa una infracción grave se le impondrá, dependiendo de la gravedad, una multa de hasta tres salarios mínimos mensuales en la categoría más alta, prohibición de acceso a todos los estadios de fútbol del país por un período desde uno hasta cinco años. De 40 a 80 horas de trabajo comunitario relacionado con el espectáculo deportivo.
A quien cometa una infracción leve se le impondrá, dependiendo de la naturaleza de la infracción, una multa de hasta tres salarios mínimos mensuales en la categoría más baja, prohibición de acceso a todos los estadios del país por un período mínimo de seis meses y máximo de un año, 40 horas de trabajo comunitario relacionado con el espectáculo deportivo.
El infractor sancionado de conformidad será suspendido del club u organización a la que pertenece por el tiempo que dure la prohibición de acceso a los estadios de fútbol.