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Perdedores tienen vía libre para ser inscritos

  • 30 junio 2013 /

Ricardo Álvarez y 147 políticos que no fueron favorecidos en las elecciones internas, buscarán una segunda oportunidad.

Vía libre tienen los partidos políticos para sustituir a cuantos candidatos quieran por otros aspirantes que hayan participado en las elecciones primarias del año pasado.
Esta opción tiene su génesis jurídica en la resolución del viernes de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que admitió un recurso de amparo en el cual el Frente Amplio

Político Electoral en Resistencia (Faper) pedía conceder a 16 hondureños los derechos políticos consagrados en la Convención Interamericana de Derechos Humanos, de la cual Honduras es parte.

La resolución en principio favorece a Faper, pero implícitamente beneficia a otros 147 aspirantes que esperaban el mismo trato, entre los cuales está el alcalde capitalino, Ricardo Álvarez, que participó en las primarias como precandidato presidencial por la corriente Salvemos Honduras.

Álvarez fue propuesto por el Partido Nacional como candidato a designado presidencial en sustitución de Alden Rivera.

Antes de que el Partido Nacional hiciera la propuesta de Álvarez, el secretario general del Faper, Andrés Pavón, había presentado un escrito ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en el que pedía ignorar las restricciones plasmadas en la Ley Electoral para quienes participaron en elecciones primarias.

Dirigentes de Faper, encabezados por Pavón, llegaron ayer por la mañana al TSE a notificar la sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte y fue, tras ese momento, que el secretario general del TSE, Alejandro Martínez, anunció que el expresidenciable nacionalista quedó automáticamente inscrito como candidato a designado presidencial en la fórmula que encabeza Juan Orlando Hernández.

Martínez destacó que con la resolución se abre el abanico para que todos los políticos que participaron en las elecciones primarias, y que fueron derrotados en las urnas, puedan postularse en las generales si sus respectivos partidos políticos los proponen.

Artículos en suspenso

La sentencia de la Sala de lo Constitucional deja en suspenso el artículo 116 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas en la parte que dice: “el que participe en cualquier postulación en elecciones primarias y no fuere electo no podrá participar en el proceso de elecciones generales siguientes”.

Igualmente, el artículo 131: “No podrán postularse como candidatos (as) independientes o de otros partidos en las elecciones generales, los (as) ciudadanos (as) que hubieren participado como candidatos (as) en el proceso de elecciones primarias”.

En su resolución, la Sala de lo Constitucional hace alusión a los compromisos asumidos por Honduras en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“La Corte es consciente que los jueces y tribunales internos están sujetos al imperio de la ley y, por ello, están obligados a aplicar disposiciones vigentes en el ordenamiento jurídico.

Pero cuando un estado ha ratificado un tratado internacional, como la Convención Americana, sus jueces, como parte del aparato del Estado, también son sometidos a ella, lo que les obliga a velar porque los efectos de las disposiciones de la Convención no se vean mermadas por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin y que desde un inicio carecen de efectos jurídicos”.

Pavón, consideró el fallo de la Corte Suprema de Justicia como histórico y reveló su molestia porque la prensa hace relación de la sentencia con la inscripción del nacionalista Ricardo Álvarez, como candidato a designado presidencial.

“No he peleado por Ricardo (pero) cuando se violenta un derecho humano la aplicación de un amparo es de carácter general”, reconoció.