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Nueve salas con Cámaras de Gesell funcionan en Honduras

  • 07 abril 2015 /

Tegucigalpa, Honduras.

Con la entrada en vigor de las reformas al Código Penal, que introduce la figura del uso de la Cámara de Gesell, el Estado deviene obligado a suministrar el personal especializado y materiales para el total funcionamiento de este sistema.

El 10 de marzo pasado, el Poder Legislativo aprobó un decreto mediante el cual crea la Cámara de Gesell como instrumento para no revictimizar a las personas afectadas por un delito sexual, sobre todo niños y mujeres, así como a testigos en casos de crimen organizado.

El fiscal adjunto, Rigoberto Cuéllar, reveló que ya se han celebrado juicios en Honduras a través de la Cámara de Gesell y la ciudad de San Pedro Sula es una de estas. Desde el año pasado entró en funcionamiento después de meses de capacitación del personal sampedrano. El uso de esta cámara beneficia a las víctimas, niños, niñas o mujeres, sobre todo que han sufrido de agresiones sexuales para no revivir una y otra vez sus tragedias en cada proceso judicial.

Ayer en la presentación de las reformas al Código Penal, celebradas por el Congreso Nacional con el apoyo de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), el Fiscal Adjuno dijo que ya hay a lo largo del país nueve salas acondicionadas con este sistema.

Indicó que a pesar de que no ha entrado en vigor la reforma, ya se han celebrado juicios en etapa investigativa y etapa de juicio, pero que es necesario que el Estado invierta en la preparación del personal judicial para que se adecue al novedoso sistema.

Cómo funciona

Una persona víctima de un delito sexual o de abuso podrá hacer su declaración en una cámara de video en cuarto cerrado, para que ese video pueda ser usado como prueba testifical en un juicio.

Se busca aplicar el método creado por el sicólogo Arnold Gesell como ya sucede en varios países del continente y consiste en una cámara o habitación, con un espejo bidireccional, donde a un lado del lugar se ubica a la víctima o testigo con un sicólogo especializado en el tipo de interrogantes a preguntar y evitar que la persona sufra mayor daño, tanto por el delito sufrido como en el mismo proceso. El Fiscal Adjunto aclaró que este mecanismo no solo es exclusivo para proteger a menores de edad y mujeres, sino que a otras personas en estado de vulnerabilidad. La ventaja es que con este modelo se agota en una sola diligencia la comparecencia de una víctima ante todas las instancias, sean investigativas y judiciales.

El presidente de la Comisión de Seguridad del Congreso, Tomás Zambrano, explicó que las reformas contienen medidas para la protección de testigos respecto a los requerimientos que tiene que adoptar el juez, la secretividad y la responsabilidad del juez cuando se trata de una víctima en condición de vulnerabilidad.

La representante de la Corte Suprema de Justicia, magistrada Silvia Santos, destacó que ahora una víctima podrá tener protección durante un proceso de declaración de forma eficaz.