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Corruptos también serán acusados por asociación ilícita

  • 29 junio 2016 /

Tegucigalpa, Honduras.

La propuesta de la aplicación de la ley antimaras para quienes cometan actos de corrupción ha causado opiniones encontradas dentro de la justicia hondureña.

El fiscal general Óscar Chinchilla manifestó que el Ministerio Público analiza presentar requerimientos por asociación ilícita en contra de funcionarios y exfuncionarios investigados por corrupción.

En el artículo 332 del Código Penal se establece que la asociación ilícita se sanciona con una pena de 20 a 30 años de reclusión y una multa de 100 mil a 300 mil lempiras a los jefes o cabecillas de maras y pandillas y demás grupos que se asocien con el propósito de ejecutar cualquier acto constitutivo de delito.

Sin embargo, este artículo no incluye los actos de corrupción, el cual fue reformado en agosto de 2002. Por la razón anterior, la Fiscalía está analizando que muchos requerimientos fiscales que se emiten por casos de corrupción son por delitos de abuso de autoridad, que es sancionado con tres a seis años de prisión, lo cual es una pena baja.

“Todo lo que venga a fortalecer el sistema judicial en el país debe ser bienvenido, y si eso nos va ayudar a que el sistema judicial funcione mejor, Fiscalía, Poder Judicial, Policía Nacional, será bienvenido”, dijo Mario Sales, presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados del Poder Judicial.