25/03/2024
07:05 AM

Testigo protegido, ¿un sueño?

No se trata de ciencia ficción, ni de una película de Misión Imposible... Es una realidad que en Honduras existe una ley que facilita el cambiarle la identidad, el domicilio y hasta el rostro a un testigo que ofrezca pruebas fehacientes para la solución de un caso criminal de importancia, sea relativo al crimen organizado o a delitos comunes.
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No se trata de ciencia ficción, ni de una película de Misión Imposible... Es una realidad que en Honduras existe una ley que facilita el cambiarle la identidad, el domicilio y hasta el rostro a un testigo que ofrezca pruebas fehacientes para la solución de un caso criminal de importancia, sea relativo al crimen organizado o a delitos comunes.

Aunque el objetivo no es tanto la protección del testigo sino que la delincuencia conozca que ahora existen formas más directas de reprimir los delitos y que ello sirva de disuasivo.

Se trata de la Ley de protección a testigos en el proceso penal, la que fue aprobada la semana antepasada por el Congreso Nacional. La ley crea un programa para ejecutarla y para lo cual ya se prepara un reducido número de policías, jueces y fiscales.

Alto costo

La ley tiene acciones especiales pues su costo es elevado pero lleva la condición de que debe ser en casos en los cuales se garantice el total castigo al delincuente, es decir, la efectividad del testimonio.

El testigo a proteger será propuesto por el fiscal que lleve el caso, la dirección del Programa del testigo protegido calificará el riesgo y la calidad del testimonio, para ver si califica. Luego el testigo, que puede ser un preso, recibirá seguridad personal junto a su familia y de ser necesario se le cambiará el nombre, su domicilio y hasta sus rasgos físicos.

El programa tiene la finalidad de proteger al testigo que interviene en el proceso penal, protección que se extiende al cónyuge, familiares u otras personas relacionadas con el testigo que, en virtud de su testimonio, se encuentren en situación de riesgo de acuerdo a la Ley.

Establece el artículo 11 de la Ley que el director del Programa podrá adoptar cualquiera de las siguientes medidas: alejamiento del lugar del riesgo, reubicación temporal o definitiva del testigo protegido dentro o fuera del país, cambio de identidad y modificación de rasgos físicos.

Es amplia

El artículo 17 da la ventaja a todas las personas protegidas de estar exoneradas del pago de tasas, impuestos, contribuciones y cargas públicas que estas autoridades cobren normalmente por la provisión de estos servicios, siempre que tengan relación directa con la protección.

El artículo 8 indica que los servidores públicos protegidos por el programa gozarán de una licencia remunerada por un plazo máximo de un año, desde que se les otorgue la protección. Transcurrido dicho plazo, si no se hubiese normalizado la situación, el Estado otorgará la cesantía, reconociéndole todos sus derechos.

Los trabajadores protegidos tendrán derecho de suspensión de la relación laboral hasta por seis meses, transcurrido dicho plazo, si no pudiera reincorporarse al trabajo por subsistir el riesgo, los patronos deberán pagarles sus prestaciones e indemnizaciones laborales.

Contra el temor

Según Vilma Morales, presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, el programa dependerá del Ministerio Público y será ésta la entidad que identifique a los testigos en riesgo, los que si acceden a testimoniar en juicio deberán cumplir las condiciones del programa.

'Estos testigos serán personas que contribuyan al esclarecimiento el esclarecimiento de un hecho delictivo. Creo que la inefectividad en el proceso ha tenido que ver conque las personas al no tener protección, sin lugar a dudas se abstienen de colaborar por temor'.

Y es que, según Morales, han habido varios casos de testigos asesinados por falta de protección, 'yo mencioné que en algunos casos pudimos haber llegado más largo en el esclarecimiento si hubiéramos logrado comprobar los extremos con mayor contribución', dijo.

No es para todos

Para el Fiscal General de la República, Leónidas Rosa Bautista, la ley será un instrumento valiosísimo para las investigaciones pues se protegerá a testigos en inminente riesgo de muerte.

'No se trata de un programa de protección a ciudadanos, fiscales, jueces, magistrados o funcionarios, porque el Estado tiene la obligación de proteger a todo el pueblo, especialmente a los que tienen mayor riesgo por su trabajo, pero éste no es el efecto del programa, es una herramienta provocada por la investigación criminal, para poder atender algunos casos para descubrir a los autores de delitos importantes o de impacto social, pero no se trata de una generalización', dijo.

Agregó que el Programa es una especialidad que requiere recursos y entrenamiento, la constitución de una oficina con fiscales especializados para eso ya se están capacitando al menos cinco policías, jueces y fiscales, en países de América para que conozcan cómo funcionan esos programas.

'Es una herramienta que necesitábamos, pero por si sola no cambiará las condiciones y no debe verse así, sino como un apoyo, una herramienta que bien aplicada debe ayudar a resolver graves conflictos de protección a testigos que son importantes para el descubrimiento de los ilícitos'.

Contundente

Los casos para proteger testigos serán seleccionados porque no hay muchos recursos.

Los casos para proteger testigos serán seleccionados porque no hay muchos recursos.

Rosa Bautista explicó que cuando ocurra un suceso y el fiscal que conoce del caso considera la protección del testigo por tener prueba contundente en el hecho, entonces los especialistas tomarán las determinaciones y éstos determinarán la protección, sabrán de qué forma aplicarla, y en ese sentido, es que se estima que debe ser reducido el número que sepa de esas medidas.

'Con esta herramienta resolveremos casos importantes, con la cual lograremos que se produzca el efecto disuasivo que debe tener el derecho penal moderno y no sólo sea la protección del testigo, sino sepan los delincuentes que en cualquier caso tenemos herramientas válidas para condenarlos y será resultará inútil que los amenacen.

De esta forma todos podemos dedicarnos al trabajo honrado y alejarnos del delito', dijo el funcionario.

Datos

Aplicación

En Colombia, México y Estados Unidos se aplica este tipo de medidas.

Asesoría

La OEA, el BID y el gobierno de Colombia brindaron asesoría para aprobar esta nueva ley.

Salvará vidas y resolverá casos

Tegucigalpa. Jorge Ramón Hernández Alcerro, diputado, ex ministro de Gobernación y Justicia, y ahora magistrado de la Corte Centroamericana de Justicia, calificó como sumamente importante la Ley, porque trata de resguardar la prueba testifical debido a que muchos testigos no declaran por temor de ser asesinados.

'Existe un marco para proteger los testigos y que su testimonio conduzca a castigar un acto delictivo pero ahora hay una nueva ley, un proceso que efectivamente es caro pero puede salvar vidas y resolver casos.

Artículos de importancia de la nueva ley

Artículo 12

Entre las medidas jurisdiccionales se usarán métodos de distorsión de la voz o del aspecto físico para proteger la identidad del testigo y el anonimato o resguardo de identidad y reserva de la misma; video conferencia.

Artículo 15

Cuando se ejecuten acciones de protección se coordinarán mecanismos internos para el manejo de la confidencialidad y secretividad de la información, a fin de garantizar la reserva sobre la identidad y ubicación del testigo.

Artículo 22

Los jueces no podrán limitar, modificar o suspender las medidas de protección acordadas por el Programa en beneficio de las personas incorporadas en él.

Artículo 25

La aplicación de la presente ley no podrá menoscabar ninguna de las garantías y derechos contenidos en la Constitución de la República e instrumentos internacionales ratificados por el Estado de Honduras.

'Será como cambiarle la vida'

Tegucigalpa. El ex fiscal general de la República, Ángel Edmundo Orellana, calificó que la aplicación de la Ley de protección a testigos será como cambiarle la vida a una persona que sea protegida por el Programa.

'El mecanismo es beneficioso, lo que reclama ese mecanismo es presupuesto, eso para tener la garantía que los testigos tengan la protección del Estado', dijo, agregando que uno de los casos más conocidos de testigos sin protección fue el reciente asesinato de Eliú Zúniga, un ex agente de la desaparecida Dirección Nacional de Investigación, DNI, quien con su testimonio logró la transformación de la policía pero pese a que hace mucho tiempo ocurrió, hace poco tiempo lo mataron, entonces para esos casos es que se ocupa la ley.

'Habrá más confianza en el testigo que participará con protección del Estado, tendrá protección para él o su familia, cambio de trabajo, de domicilio, pero casos de gran envergadura se utilizarán mecanismos más extremos como cambiar nombre, enviarlo al extranjero o hacerle cirugías y eso es como cambiarle la vida.

Fechas de importancia

24 de mayo de 2007

El Congreso Nacional aprobó la Ley de protección de testigos en el sistema penal, para fortalecer la lucha contra la delincuencia.

20 días

Después de publicada esta Ley en el diario oficial La Gaceta, entrará en vigencia, previa elaboración de su reglamento.

Marzo de 1994

Entró en funcionamiento la Dirección General de Investigación Criminal, entonces DIC, luego de desaparecer la DNI.

2007

Murió en el Hospital Escuela uno de los más grandes testigos sin protección que originó los cambios en la policía, Eliú Zúniga.

2008

La Ley de protección a testigos tendrá designado todo su presupuesto para determinar cuáles serán los testigos a proteger.

Puntos clave

1. Testigos

Eliú Zúniga fue asesinado recientemente en Olancho. Hace varios años denunció las irregularidades de la DNI y se lograron los cambios policiales.

2. Secuestro

El diputado Reginaldo Panting fue secuestrado y asesinado en la Costa Norte. Tras su caso, varios testigos aparecieron muertos.

3. Historia

Sólo en el caso de narcotráfico en la Costa Atlántica, al menos seis testigos fueron asesinados por falta de protección, se informó en el Congreso Nacional.