05/12/2025
12:10 AM

Ley del Consumidor, puro papel hasta ahora

Los hondureños siguen a merced de los especuladores a pesar de la vigencia, desde inicio de julio, de la Ley de Protección al Consumidor.

Los hondureños siguen a merced de los especuladores a pesar de la vigencia, desde inicio de julio, de la Ley de Protección al Consumidor.

Un ejemplo claro se vivió en los últimos días en los mercados capitalinos, donde los precios de los granos básicos como el frijol se dispararon debido al acaparamiento de parte de los comercializadores.

Con la Ley del Consumidor se pretende proteger, defender, promover, divulgar y hacer que se cumplan los derechos de los consumidores hondureños, informaron ayer las autoridades de la Secretaría de Industria y Comercio, SIC.

En el papel

La nueva ley contempla sanciones de hasta 10 salarios mínimos mensuales, cierre del establecimiento o suspensión del servicio hasta por un mes, además de la privación de la libertad de uno a cinco años a aquellos acaparadores o especuladores con bienes esenciales para el consumo o la salud, con el propósito de provocar el alza de los mismos. La ley señala que dentro de los derechos esenciales de los consumidores sobresalen la protección a la vida en la adquisición, consumo y uso de bienes y servicios, así como la indemnización integral al consumidor en caso de daño producido por incumplimiento de los convenido y la protección contra la publicidad engañosa o falsa.

Exigencias

En cuanto a las disposiciones especiales, la ley contempla que es un deber etiquetar los productos de bienes preempacados o envasados para el consumo o la salud de acuerdo al artículo 23, los cuales deberán tener los siguientes requisitos: nombre o denominación, origen o procedencia, contenido neto, cantidad o especificación de medidas, fecha de fabricación y vencimiento o plazo recomendado para el uso o consumo cuando estos los requieran e información nutricional cuando aplique, así como las instrucciones, advertencias y contraindicaciones relativas a la utilización o consumo.

También se señala que la diferencia del vuelto debe redondearse a favor al consumidor, según el artículo 26, el cual indica que en aquellos casos en los que surjan del monto total a pagar diferencia de dinero y el proveedor no cuente con la cantidad suficiente para la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia o redondeo será siempre a favor del consumidor.

Afectados

Buses

Una de las quejas más comunes es que los conductores de buses, rapiditos y taxis no devuelven el cambio completo a los usuarios del transporte.

Terera edad

Son otros consumidores que se quejan porque no se ha implementado la ley, pues en muchos lugares no obtienen los descuentos que ésta les otorga.