El alcalde Roberto Contreras anunció hoy que no habrá ningún aumento a los impuestos y tasas municipales en el 2025, que el presupuesto bajará mil millones y el pago de la tasa de bomberos se reducirá en un 25%.
Todos son anuncios, hasta el momento, algunos de ellos hechos a través de un video grabado minutos antes de realizar un sesión corporativa donde no figura ninguno de esos temas en agenda.
“Son buenas noticias para los sampedranos”, y según el alcalde, “la situación está difícil y hay que ser menos carga para el pueblo”.
La Ley de Municipalidades establece que las Corporaciones Municipales deben ajustar los valores catastrales en los años terminados en 0 y 5, pero el alcalde Roberto Contreras anunció que no habrá ningún ajuste para los sampedranos. Lo anterior significa que el pago de bienes inmuebles se mantendrá y no habrá ningún incremento.
Contreras dice en el video que: “En años cero o cinco se ha acostumbrado a incrementar a través de plan de arbitrios lo que son los impuestos en SPS. La buena noticia es que no habrá incremento en los impuestos en el 2025 y la otra buena noticia es que el presupuesto actual que estaban en 5 mil 200 millones de lempiras lo estaremos aprobando por 4,200 millones de lempiras bajando mil millones de lempiras”.
El alcalde atribuye esa decisión a la robustez financiera y por la puntualidad de los pagos, no habrá incremento en las tasas municipales.
La Ley de Municipalidades establece que la Corporación Municipal tiene la atribución de aprobar el presupuesto anual a más tardar el treinta (30) de noviembre del año anterior, así como sus modificaciones. Efectuar el desglose de las partidas globales y aprobar previamente los gastos que se efectúen con cargo a las mismas.
Con respecto a las tasas e impuestos municipales la Ley de Municipalidades establece en su artículo 74 que compete a la Municipalidades crear las tasas por servicio y los montos por contribución por mejoras. No podrán crear o modificar impuestos. Y en el artículo 75 dice que tienen el carácter de impuestos municipales, los siguientes: Bienes Inmuebles, Personal, Industria, Comercio y Servicios, Extracción y Explotación de Recursos y pecuario.
Según el artículo 76 el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se pagará anualmente, aplicando una tarifa de hasta L.3.50 por millar, tratándose de bienes inmuebles urbanos y hasta de L.2.50 por millar en caso de inmuebles rurales.
La tarifa aplicable la fijará la Corporación Municipal, pero en ningún caso los aumentos serán mayores aL.0.50 por millar, en relación a la tarifa vigente, la cantidad a pagar se calculará de acuerdo a su valor catastral y en su defecto, al valor declarado. El valor catastral podrá ser ajustado en los años terminados en (0) cero y en (5) cinco.
Algunos regidores municipales explicaron que todavía no reciben los temas de presupuesto y Plan de Arbitrios pero están claros que no pueden poner más cargas a la ciudad. El 2024 y el 2025 son años políticos en Honduras.