En un comunicado, la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (Unah) emitió una postura académica sobre las funciones y límites de la Comisión Permanente del Congreso Nacional, subrayando que este órgano no puede reemplazar al pleno del Legislativo ni asumir competencias que no le corresponden.
La Unah alertó sobre los riesgos de una “hipertrofia funcional” en la Comisión Permanente, es decir, la expansión indebida de sus atribuciones.
Aseguró que dicho cuerpo solo debe actuar durante los recesos del Congreso, con un papel “técnico, temporal y limitado”, sin facultad para representar al pueblo o tomar decisiones políticas o soberanas.
Entre los puntos clave del pronunciamiento, la Universidad destacó que la Comisión Permanente:
No puede destituir funcionarios.
No debe intervenir en temas electorales o presidenciales.
Carece de facultades para ejercer el poder político.
Debe sujetarse estrictamente a los artículos 206, 207, 208 y 234-236 de la Constitución.
Asimismo, la Unah recordó que cualquier actuación de la Comisión Permanente que exceda sus competencias puede ser impugnada ante la Sala de lo Constitucional, mediante recursos de amparo o de inconstitucionalidad.
“La Comisión Permanente debe ser un ejemplo de responsabilidad institucional, actuando solo cuando la ley lo permite y evitando extralimitarse. Su función es cuidar la legalidad, no ejercer el poder político”, señaló el documento.
Finalmente, la Universidad hizo un llamado a respetar la Constitución, fortalecer la justicia y mantener el equilibrio entre los poderes del Estado, especialmente en un momento en que el país “necesita confianza y estabilidad”.