28/04/2024
06:08 AM

Quienes renuncien pueden exigir ya su reserva laboral

San Pedro Sula, Honduras.

Un año se cumplió ayer desde que entró en vigor la Ley Marco de Protección Social, cuyo fin es mejorar y ampliar la atención médica en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), garantizar la jubilación y el pago de al menos el 50% de las prestaciones laborales de los trabajadores.

Aunque hay factores que no han permitido su aplicación en un 100%, ya que se deben aprobar tres leyes complementarias, la Ley del Seguro Social, Ley Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantías (AFP) y la Ley General del Sistema de Salud, los avances y beneficios durante este año de vigencia son tangibles, explicó German Leitzelar, miembro de la interventora del IHSS.

“La aplicación de la ley en lo que a su contexto se refiere sí se está cumpliendo. No obstante, esta es una ley marco y requiere de la creación de las otras normativas para que funcione totalmente. El proyecto de Ley del Seguro Social ya está en el Congreso esperando ser aprobado. Mientras la de AFP y Cesantías está casi terminada para ser presentada al pleno. La otra aún está en proceso de formación”, detalló.

Las modificaciones que se hicieron a las cotizaciones, que aporta tanto patrono como trabajador, se aplicaron desde septiembre de 2015.

Prestaciones

Uno de los puntos más álgidos de la Ley de Protección Social fue la disposición de la reserva laboral, que exige al patrono depositar cada mes el 4% de las prestaciones de un trabajador, calculado sobre el salario, en una cuenta individual a su nombre con el objetivo de garantizar el pago del 50% de este derecho.

El empleado podrá disponer del dinero, acumulado en la reserva laboral, inmediatamente que se termine la relación laboral, ya sea por renuncia o despido. El otro 50% del dinero será entregado por la empresa, según los lineamientos del Código de Trabajo.

“Como la ley no es retroactiva, los únicos empleados que podrán acumular el 50% son los nuevos trabajadores. Aquellos que tienen antigüedad laboral solo tendrán en su cuenta de capitalización individual lo acumulado desde el día que entró en vigor la ley, hasta el día que termine su contrato de trabajo”, recordó Leitzelar.

Según el acuerdo entre el sector privado, trabajadores y Gobierno, la aplicación del 4% se hará de forma gradual. Es por eso que hasta agosto de este año la reserva era con base en el 0.66%, pero a partir de hoy será de 1.32%, y así sucesivamente hasta llegar a un total de 4%. “Esto se pactó así con el fin de no afectar ni al sector privado ni a los trabajadores”, argumentó.

La reserva laboral debe ser captada por el RAP, por lo cual se debe convertir en una AFP y Cesantías, su conformación aún está en proceso y esperan que este septiembre al fin pueda comenzar a operar.

No obstante, Leitzelar advierte que los empresarios deben estar haciendo las reservas correspondientes “porque al momento en que el RAP comience a funcionar como una AFP y Cesantía deben transferir los fondos acumulados desde el día que entró en vigor la iniciativa”. El representante de la junta interventora explicó que en junio de este año se hizo una reforma al artículo 55 de la Ley de Protección Social para que el trabajador que renuncie, además de recibir el aguinaldo, decimocuarto salario y el dinero por las vacaciones correspondientes, reciba junto con ese monto lo que tiene acumulado en la cuenta de reserva laboral, que por el momento la tiene el patrono.

José Luis Moncada, expresidente de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), cree que la ley aú no ha tenido ningún impacto para la ciudadanía. “Que el RAP no esté funcionando limita la aplicación de la ley, además impide que operadores privados de AFP y Cesantías que existan puedan operar para que los trabajadores decidan donde quieren tener su reserva laboral”, manifestó Moncada.