En una opinión legal, la Fiscalía de la Defensa de la Constitución establece que es inconstitucional el artículo 240 que inhabilita al presidente del Congreso Nacional, Roberto Micheletti, a ser candidato a la Presidencia.
La Fiscalía expone que el artículo 374 constitucional dice: 'No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo..., y el referente a quienes no pueden ser presidentes de la República por el período subsiguiente'.
Sin embargo, se reformó el artículo 240, añadiéndose que no puede ser candidato a la presidencia de la República el titular del Congreso para el período constitucional siguiente a aquel para el cual fue elegido.
'Cuando el Legislativo reformó el artículo 240 vulneró los principios y valores establecidos en el artículo 374, ambos son artículos pétreos que no pueden ser modificados. La opinión fue con base en ley', afirmó la fiscal Georgina Sierra.
Plazo
La resolución está en manos de los cinco magistrados de la Sala Constitucional.
El ex presidente de la Corte y abogado constitucionalista, Oswaldo Ramos Soto, anticipó que ese poder del Estado fallará a favor de la inscripción de Micheletti, porque el Congreso no estaba facultado para reformar el artículo 240.
Qué pasará
Recurso
Una vez notificadas las partes, la Sala Constitucional tiene 10 días para resolver sobre el recurso.
El fallo
Si no existe unanimidad entre los magistrados, el recurso será enviado al Pleno de la CSJ.