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Notificarán derogatoria de ley de expropiación

  • 21 enero 2011 /

El decreto 18-2008 que facultaba al Instituto Nacional Agrario, INA, a la expropiación forzosa de tierras ociosas fue declarado inconstitucional.

    El decreto 18-2008 que facultaba al Instituto Nacional Agrario, INA, a la expropiación forzosa de tierras ociosas fue declarado inconstitucional. Ayer la Sala Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, inició ayer el proceso de notificación del fallo.

    Por unanimidad, los cinco magistrados declararon con lugar recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra dicho decreto, aprobado por el Congreso Nacional, CN, el 29 de abril de 2008. La resolución se emitió en respuesta a las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por la Federación Nacional de Ganaderos y Agricultores de Honduras, Fenagh, Alejandro Rivera Tejeda, en su condición de apoderado legal de Agroindustrial Río Nance y Rodolfo Antonio Pinela, en calidad personal.

    Los expedientes registrados con los números 338-339-2008 y 766-767-2009 fueron declarados con lugar. Se argumenta que el decreto 18-2008 violenta garantías constitucionales, como el de la propiedad privada.

    Se falla “declarando la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del Decreto Legislativo 18-2008”, resalta la sentencia, contenida en 33 páginas.

    La Sala Constitucional emitió la sentencia en nombre del Estado de Honduras, en su facultad de intérprete último de la Constitución de la República.

    Notificaciones

    La resolución bajó a la Secretaría de la Sala Constitucional para iniciar el proceso de notificación a las partes, entre ellos los recurrentes, la Procuraduría General, el INA y el Ministerio Público, cuyos representantes desde ayer comenzaron a conocer de la sentencia. El INA envió a sus representantes: la viceministra Deysi Ibarra y el asesor Óscar Cárcamo.

    “Nos hemos apersonado a la Sala Constitucional para poder obtener copia del fallo obtenido por la Corte Suprema de Justicia, respecto al decreto 18-2008”, manifestó Ibarra.

    Los personeros del INA se llevaron copia de la sentencia para analizar su contenido y verificar las implicaciones que ésta conlleva en los expedientes que se encontraban en proceso de adjudicar títulos de propiedad. Mientras el decreto estuvo vigente, el INA concedió 242 títulos de propiedad a campesinos, en los cuales no tendrán problema alguno. Sin embargo, explicó que existen unos 170 expedientes que se encontraban aún en proceso de titulación y que por la derogatoria del decreto serían archivados. “Llevamos copia del fallo, vamos a revisar qué es lo que con base en ley nos corresponde hacer”, dijo Ibarra. A su juicio, la derogatoria del decreto es un retroceso para los campesinos y la economía nacional.

    La Secretaría de la Sala Constitucional remitirá oficio al CN, con la sentencia, para que instruya el trámite de su publicación en el diario oficial La Gaceta.