“Las acciones publicitarias y organizativas de una llamada consulta popular al margen de la ley y, especialmente, la aprobación de un acuerdo ejecutivo, revelan de manera evidente la resolución de consumar actos violatorios de la Constitución de la República radicalmente nulos, que obligan al Ministerio Público a acudir a las instancias administrativas para demandar la nulidad del acto administrativo y la suspensión de sus efectos, sin perjuicio de otras acciones legales que de ser necesario, habremos de efectuar”, dijo el fiscal general Luis Rubí.
Así reaccionó el Ministerio Público al pronunciamiento del Poder Ejecutivo contra la demanda entablada por la Fiscalía para declarar nula e ilícita la consulta que el presidente Manuel Zelaya quiere realizar en junio, ya que se busca derogar la Constitución de la República. Zelaya en Consejo de Ministros aseguró que la Fiscalía no tiene la competencia para el ejercicio de la referida acción administrativa.
Los ministros cuestionaron la competencia que tiene el Ministerio Público en acciones administrativas. Además, afirmaron que el no publicar el Decreto Ejecutivo mediante el cual ordena una consulta popular sobre la conveniencia o no de aprobar una nueva Constitución, no es objeto de impugnación.
Para aclarar al pueblo hondureño, ayer, el fiscal general, Luis Alberto Rubí; el fiscal adjunto, Roy Urtecho; el asesor legal, Rigoberto Espinal Irías; la directora general de Fiscalías, Daniela Ferrera y el Fiscal Especial Contra la Corrupción, Henry Salgado, pronunciaron de nuevo su posición: “El Ministerio Público tiene a su cargo la representación y defensa de los intereses generales de la sociedad, además de velar por el imperio mismo de la Constitución y las leyes. Igualmente está legitimado para hacer ejercicio de las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, penal o administrativa en que hubiesen incurrido funcionarios o empleados con motivo del ejercicio de sus funciones”, aclaró Rubí.
El Ministerio Público no será cómplice pasivo de la ilegalidad, advirtió.
Contradicciones y falacias
El Fiscal General se refirió a que si el decreto Ejecutivo no existe y nació muerto por no haberse publicado nunca en La Gaceta. Dio órdenes para que se transmitiera en la conferencia de prensa el video que anuncia la consulta popular para el 30 de junio del año en curso.
“Si este acto está muerto, ¿por qué produce consecuencias y hacen uso de él para conseguir fines ilícitos? Con este video se pueden comprobar las contradicciones y falacias que se dieron en esa conferencia de prensa (refiriéndose al día que el presidente Zelaya y los ministros hablaron de las competencias de la Fiscalía). Ese anuncio que ustedes acaban de ver es producto del acuerdo ejecutivo que va encaminado a producir consecuencias, encuesta con fines ilícitos porque no está permitido por la Constitución de la República, una Constituyente”, reafirmó Rubí.
Mensaje a la Policía
Acerca del comentario del presidente Manuel Zelaya en asegurar que la Policía Nacional no se prestaría a apoyar al Ministerio Público, el Fiscal General explicó que los mandatos de los tribunales son de cumplimiento obligatorio de las autoridades.
“Nosotros esperamos que la Policía cumpla con su papel. Queremos expresarles que no creemos que se hayan vuelto el guardaespaldas del presidente de la República, porque va a tener que decidir: ¿está protegiendo al presidente de la República o está al lado de la Constitución y las leyes?”, cuestionó Rubí.
El Fiscal expuso que el Ministro Público sólo cumple la ley y manifestó que si la Policía no los acuerpa como dijo el presidente Zelaya, ya la misma ley les dice que hagan acopio a los particulares para hacer cumplir las disposiciones que emanan de la Fiscalía General.
Falso y malintencionado
Para las autoridades del Ministerio Público resulta falso y malintencionado señalar que el ejercicio de acciones penales es la única atribución que les corresponde. Rubí explicó que la atribución de velar por el respeto y cumplimiento de la Constitución y las leyes genera la capacidad y legitimación para ejercer las acciones necesarias para obtener la declaración de ilegalidad y la anulación de cualquier acto de la administración pública, en los términos planteados por el literal B del artículo 13 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Cínicamente absurdo
El Fiscal General argumentó que la afirmación del Ejecutivo, de que no publicar el acuerdo lo hace imposible de ser impugando, es un sofisma cínicamente absurdo, puesto que, a pesar de no ser publicado, sus consecuencias y efectos sí se están practicando, por lo que al Ministerio Público no le queda más alternativa que ejercer las acciones para preservar la integridad constitucional. “No ejercitaremos tales acciones porque si lo hacemos es volverse cómplice pasivo de la ilegalidad”, apuntó.
Para concluir con el pronunciamiento oficial, Rubí agregó que el Ministerio Público reitera los conceptos planteados en su primer comunicado y expresa su firme determinación de ejercitar todas las acciones y recursos legales orientados al cumplimiento de su deber de defender la Constitución de la República y las leyes, de las cuales deriva el Estado Constitucional de Derecho.
El asesor legal Rigoberto Espinal Irías manifestó que gran asombro ha causado a la sociedad civil el hecho de que se desconozca la competencia que tiene el Ministerio Público para ejercer cuanta acción sea necesaria, para deducir responsabilidad civil, administrativa e incluso disciplinaria.
“No es cierto que el Ministerio Público no tenga legitimidad para estar presente en el proceso de lo Contencioso Administrativo. Los que critican al Ministerio Público de estar irrumpiendo en un campo que no le corresponde, no han leído con mucho cuidado los artículos 6, 15 y 16 numeral 6 adonde se establece con claridad que si bien es cierto que tiene el deber ineludible de ejercitar la acción penal pública, no le ha vedado el derecho de ejercer otras acciones porque así lo establece la ley”, pronunció Espinal Irías.
Publicación
El asesor legal del Ministerio Público explicó que el hecho de que no se haya publicado en La Gaceta el proyecto de la consulta popular que promueve el Poder Ejecutivo, no le quita el carácter antijurídico y pernicioso para el orden público nacional; es más, si alguien está ejecutando ese acuerdo ejecutivo, gastando, erogando dinero, mayor razón es para que exista la preocupación en los órganos contralores del Estado.
“Nuestra labor no es exclusiva ni se circunscribe únicamente en el ejercicio de la acción penal pública. El artículo 1 de la Ley del Ministerio Público establece que nos corresponde defender y proteger los intereses generales de la sociedad, en ese caso nos corresponde velar por el respeto a la Constitución de la República”, agregó la directora general de Fiscalía, Daniela Ferrera.
También, el Fiscal General aseguró que el Ministerio Público puede demostrar a la ciudadanía lo contrario a lo que se dijo en el Consejo de Ministros. “Dijeron una serie de argumentos que hoy los vamos a desvanecer con hechos”, agregó.
Precedentes
El Fiscal Especial de Lucha Contra la Corrupción, Henry Salgado, expuso que aclararán a la sociedad lo contrario a lo que se ha dicho por parte del Ejecutivo.
“No es la primera vez que el Ministerio Público haya comparecido a un órgano administrativo, si en varias ocasiones lo hemos hecho”.
Salgado recordó que la Fiscalía se presentó ante lo Contencioso Administrativo con la demanda de nulidad en 2009 contra actos administrativos emitidos por la Presidencia de la República en Consejo de Ministros en la indemnización monetaria a favor de Milton Jiménez Puerto (presidente de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Cnbs) y Bertha Oliva. El expediente es 048-2009 donde consta haber sido aceptada dicha demanda, la que está en proceso judicial.
Caso Flores Lanza
“Se nos acusa o se quiere confundir a la población que sólo los particulares pueden demandar al Estado. Voy a probar con hechos procesales acreditados en el expediente 141-3005-2003 donde el señor abogado Enrique Flores Lanza, en representación del Fondo Hondureño de Inversión Social, Fhis, demanda al Estado de Honduras, como esos que hoy dicen que sólo los particulares pueden demandar al Estado, y estas personas han comparecido ante la honorable judicatura a demandarlos. La demanda está en proceso, fue admitida y resuelta por los juzgados de la República”, reveló Salgado.
Otro caso de demanda administrativa que ha sentado precedentes es la del señor Olvin Rodríguez en representación de Injupemp, que demandó a la propia institución, pronunció Salgado. Además, el fiscal agregó que éstos son hechos fehacientes que demuestran que el Estado puede ser demando por el Ministerio Público en representación de la sociedad hondureña.
MP sí está facultado: CAH
El presidente del Colegio de Abogados de Honduras, óscar García, expuso que el Ministerio Público sí está facultado para interponer acciones penales, civiles o administrativas.
“Al MP a través de la Constitución de la República se le otorgó el rango constitucional con las facultades legales establecidas en la misma Constitución y en la ley orgánica del MP”, expresó.
“Habría que analizar si la acción del Ejecutivo está tipificada en el ámbito penal, civil o administrativo, si es antijurídica para que el MP proceda ante los tribunales para entablar la acción. El MP está facultado para interponer todo tipo de acción en defensa de los derechos individuales de los ciudadanos y no digamos en defensa de la Constitución. Aunque no se haya aprobado el decreto, si hay una planificación de la comisión de una acción que puede ser ilegal”, afirmó.
Si el acto se suspende, el Ejecutivo deberá proceder de inmediato a eliminar la promoción de la consulta y la cuarta urna; de lo contrario se estaría incurriendo en acciones dolosas tipificados como delitos, entre ellos la desobediencia, abuso de autoridad y violación a los deberes de los funcionarios.
Frente Cívico apoya al Ministerio Público
Tegucigalpa. El Frente Cívico para la Defensa de la Constitución ratificó su respaldo a las acciones del Ministerio Público por la preservación del sistema democrático.
Miembros de esta instancia de la sociedad civil han expresado su apoyo a la demanda interpuesta por la Fiscalía tendente a que los juzgados declaren sin lugar una encuesta que el Gobierno realizará en procura de que el pueblo se pronuncie por una nueva Constitución de la República, cuyo trasfondo es reformar los artículos pétreos para permitir el continuismo y la reelección presidencial.
Entre los miembros que integran el Frente Cívico están el empresario Emilio Larach, el banquero y político Jorge Bueso Arias, el ex aspirante presidencial Olban Valladares, el presidente del Fosdeh, Mauricio Díaz, el ex diputado Efraín Díaz Arrivillaga, el ex diplomático Enrique Ortez Colindres y el ex aspirante presidencial liberal Rafael Pineda Ponce, entre otros.
También lo conforman Juan Ferrera, coordinador del CNA. Estarían por integrarse en las próximas horas las Iglesias Católica y Evangélica.
Enrique Ortez Colindres, miembro del Frente Cívico, manifestó que la lucha está planteada para impedir que se cometa una acción ilegal desde el Poder Ejecutivo.
Confió en que el tribunal de lo Contencioso Administrativo admitirá la petición y suspenderá la mal llamada consulta popular. Citó que aunque los asesores del presidente Zelaya disfracen esas intenciones con “leguleyadas” aquí el pueblo hondureño ya se dio cuenta de que el juego del gobernante es perpetuarse en Casa Presidencial.