El Juzgado Primero de Letras de la Niñez y la Adolescencia de esta ciudad condenó ayer a la rectora y a la directora de una escuela privada bilingüe por el delito de maltrato por omisión, según consta en el fallo emitido.
Este es el primer caso de acoso escolar, conocido como bullying, que se ventila en los tribunales del país y con la lectura del fallo se concluyó el juicio, que duró dos semanas.
Las autoridades judiciales catalogaron la causa como histórica, ya que consiguió un fallo favorable al Ministerio Público.
En la lectura del fallo se estableció que la directora y la rectora de la institución privada fueron condenadas por no haber actuado en su posición de garante para proteger a una niña de 13 años que estaba siendo víctima de acoso escolar dentro del centro educativo.
A la menor le crearon una cuenta falsa en la red social Twitter en la que utilizaron su nombre y su imagen estableciendo conversaciones y usando lenguaje de contenido sexual.
Los padres de la niña afectada se enteraron de la cuenta falsa, pusieron en conocimiento a las autoridades de la escuela y solicitaron que se tomaran medidas para protegerla, ya que los seguidores de esa cuenta eran de la misma institución.
“La escuela omitió actuar para proteger a una niña que estaba siendo acosada en las instalaciones del centro educativo por otra compañera, quien le creó una cuenta en una red social utilizando su nombre e imagen y establecía conversaciones con los seguidores de contenido sexual”, dijo la fuente.
“Se les puso en conocimiento a las autoridades de la escuela a fin de proteger a la menor víctima en su derecho a la imagen honor y dignidad, pero no se hizo nada”.
La fuente indicó que la escuela cometió omisión y, en vez de actuar, lo que las autoridades hicieron fue emitirles a los padres de la afectada una resolución por escrito en la que les manifestaban que no podrían hacer nada y que procedieran a denunciar el hecho a la Fiscalía y hasta que hubiera una sentencia podrían actuar y proteger a la alumna. “Pasaron los días y la cuenta seguía abierta y siendo del conocimiento público de los estudiantes del centro educativo que una niña, compañera de ellos, ofrecía servicios sexuales”, comentó.
Juicio contra agresor
“Los artículos 162 y 167 del Código de la Niñez y la Adolescencia establecen que los directores de los centros educativos adoptarán medidas para proteger a un niño cuando están siendo vulnerados sus derechos fundamentales”.
La menor agresora está siendo sometida a un proceso judicial en el Juzgado de la Niñez en el que se espera que el juez dicte un fallo condenatorio, ya que se logrará establecer que cometió una infracción penal de usurpación del estado civil.