16/12/2025
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Enlistarán delitos a los que no aplican medidas sustitutivas

  • Actualizado: 11 abril 2013 /

La normativa ya existe en el Código Penal; sin embargo, existen diversos criterios de los jueces a la hora de aplicar las mismas.

Las medidas cautelares sustitutivas a la prisión preventiva serán reguladas.

En una reunión sostenida ayer Jorge Rivera Avilés, presidente de la Corte Suprema de Justicia y Juan Orlando Hernández, titular del Congreso Nacional acordaron aprobar un catálogo que incluirá los delitos sobre los cuales los jueces no podrán aplicar medidas sustitutivas a los imputados.

Este fue el punto toral de la agenda que discutieron los titulares de dos de los tres poderes del Estado.

Hernández llegó a la sede de la Corte acompañado de los diputados Tomás Zambrano y Mario Pérez, así como del gerente Ebal Díaz. Estos analizaron con magistrados diversos proyectos de leyes que tienen que ver con la aplicación de la justicia.

“Sobre las medidas sustitutivas, estamos conscientes de que en muchos casos se ha abusado otorgándose las mismas y para esos efectos son este tipo de reuniones en las que establecemos complementariedad entre lo que es el criterio jurídico y el criterio legislativo”, expresó Rivera Avilés.

“En ese sentido el día de hoy (ayer) felizmente hemos llegado a una definición, de establecer un catálogo de delitos que no admiten medidas sustitutivas”, añadió.

Al respecto, el poder Judicial ya emitió su opinión oficial al Congreso. Ese catálogo de delitos que
no van a ser sujetos de medidas sustitutivas tiene que ver con el crimen organizado e ilícitos graves, entre ellos narcotráfico, lavado de activos, secuestros, robo de bancos, tráfico de armas, asesinatos y violaciones. Se valora incluir el delito de robo.

“En muchos casos se ha abusado otorgándose las mismas y para esos efectos son estos tipos de reuniones”, dijo Rivera a los medios de comunicación.

Sin interpretación

Ya existe una normativa que ordena a los jueces penales y de sentencia, como magistrados, no aplicar medidas sustitutivas en delitos de crimen organizado y otros graves. Sin embargo, existen criterios distintos de los funcionarios judiciales a la hora de aplicar las mismas.

“La idea es catalogar, cerrar la puerta a cualquier interpretación diferente a lo que ya decidió el Congreso, a esa conclusión hemos llegado.

Que el tema del crimen organizado encierra determinado número de delitos, la idea es dejarlo tan claramente establecido, que para nosotros ya estaba, pero nos explican los magistrados que algunos jueces lo han interpretado de otra manera, va a quedar blindado de tal manera que no permita ninguna otra interpretación”, expresó Hernández. Se valora adoptar acciones tendientes a evitar más hacinamiento en las cárceles.

Informó que una vez que concluya la ronda de rendición de cuentas en el Congreso Nacional, de titulares de entes operadores de justicia, se emitirá el dictamen para proceder a su discusión de carácter urgente.

Otro proyecto de ley que analizan es la regulación para el trasplante de órganos, del que la Corte ya emitió su opinión para ser aprobada.

Según cifras de la Secretaría de Seguridad, el 40% de los
crímenes son cometidos por personas que gozan de medidas sustitutivas.

La Corte Suprema de Justicia estima que unas 50 mil personas gozan del beneficio en Honduras.

Medidas solo aplican para ilícitos no graves

El acercamiento de ayer entre los presidentes de los poderes Ejecutivo y Judicial para hablar sobre las medidas sustitutivas no es el primero que se registra.

Hace un año, Hernández pidió que no se otorguen medidas sustitutivas a personas ligadas al crimen organizado aunque la ley ya contempla.

En esa ocasión, Rivera Avilés le aclaró que “las medidas sustitutivas solo son aplicables para aquellas penas que no son graves”. Y afirmó que cuando los jueces han aplicado sustitutivas a acusados por crimen organizado, asesinatos o asociaciones ilícitas, son sometidos a proceso disciplinario, que lleva hasta el despido.

Aseguró que son muy escasas las situaciones en que los jueces otorgan medidas sustitutivas fuera de lo que se establece en la ley.
A su criterio lo que se requiere es una vigilancia estricta en la aplicación de medidas sustitutivas para frenar los abusos.