26/07/2024
10:45 AM

Aprueban los primeros 10 artículos de Ley Electoral en Honduras

Los diputados aprobaron en su tercer debate los artículos 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 22 y 23.

    Tegucigalpa, Honduras.

    Luego de largas discusiones, análisis y acuerdos partidarios entre las principales fuerzas políticas del país, el Congreso Nacional retomó ayer la discusión y aprobación en su tercero y último debate de la nueva Ley Electoral que tutelará las próximas elecciones primarias y generales de 2021.

    Este 1 de octubre, los diputados aprobaron los artículos transitorios de esta normativa que, entre otras cosas, contiene las disposiciones para ampliar la vigencia de la vieja identidad al 15 de mayo de 2021 y los plazos para la entrega del Censo Nacional Electoral provisional y el definitivo.

    La discusión de la normativa había quedado en suspenso ante las objeciones formuladas por el Partido Libertad y Refundación (Libre) y el Partido Liberal, pero tras varias semanas de conversaciones, el presidente Mauricio Oliva logró consenso para comenzar con la discusión de esta ley que requiere 87 votos de los diputados para aprobarse, es decir, la mayoría calificada.

    “Todos deseamos tener un instrumento electoral que dé certidumbre a la nación, que sea producto de una amplia, transparente, incluyente y abierta discusión de la cámara legislativa”, dijo Oliva.

    Artículos aprobados

    En la sesión de ayer, los congresistas lograron avanzar hasta el artículo 23 de la ley, pero dejaron en suspenso otros incisos conflictivos para permitir a las bancadas darles un mayor análisis y una nueva redacción.

    En la sesión de ayer fueron aprobados los artículos 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 22 y 23 y se decidió dejar en suspenso los artículos 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21, en su mayoría relativos a la elección, integración, inhabilidades y organización interna de los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE), entre otros aspectos.

    Claves de artículos transitorios
    1. Depuración del censo
    La depuración del Censo Nacional Electoral provisional se hará entre el 5 de diciembre de 2020 al 8 de enero de 2021. El CNE y RNP deberán hacer la exhibición electrónica del censo para los reclamos que se originen del mismo
    2. Censo definitivo
    El Censo Electoral definitivo debe estar concluido el ocho (8) de enero de dos mil veintiuno (2021); debe contener los archivos de las identidades registradas hasta esa fecha; y se constituirá en la base del Censo Electoral provisional para el proceso electoral general.
    3. Tarjeta de identidad
    Todos los ciudadanos tienen el deber de obtener la tarjeta de identidad, o Documento Nacional de Identificación única (DNI), al cumplir 18 años y de renovarla en cualquier tiempo.
    La actual tarjeta de identidad terminará su vigencia el 15 de mayo del próximo años.
    Al discutirse el artículo primero relativo a la finalidad de la ley, el diputado nacionalista Oswaldo Ramos Soto propuso una nueva redacción de la misma de la forma siguiente: “La presente ley tiene como finalidad la organización y funcionamiento de los órganos electorales, que de conformidad con la Constitución de la República tienen la atribución de organizar y dirigir los procesos electorales mediante las cuales los ciudadanos eligen dentro de los candidatos a cargos de elección popular los de su preferencia; autorizar la creación de los partidos políticos, realizar la justicia electoral con el propósito de fortalecer el Estado de derecho mediante los mecanismos de la democracia representativa y funcional, promoviendo la educación, la formación y la capacitación ciudadana, proporcionando su libre, amplia y cívica participación en los procesos electorales, que deben ser transparentes, honestos y justos, respetando la voluntad soberana de los electores”.

    Mario Edgardo Segura, jefe de la bancada liberal y presidente de la comisión de dictamen, avaló la propuesta formulada por el diputado Ramos Soto, pero con la salvedad de sustraer la parte relativa a la justicia electoral, la cual se reglamentará bajo otra iniciativa de ley.

    Cronología
    10 de septiembre 2020
    Retiro
    Libre y Partido Liberal se retiran de la sesión virtual argumentando que el Partido Nacional traicionó los acuerdos alcanzados en la nueva Ley Electoral.
    14 de septiembre
    Loremosm
    La aprobación de la nueva Ley Electoral continuó empantanada debido a la falta de acuerdos de las fuerzas políticas y la imposibilidad de reunir los 86 votos de la mayoría calificada
    1 de Octubre 2020
    Transitorios
    Los diputados del Congreso Nacional aprueban los artículos transitorios de la nueva Ley Electoral como parte de los acuerdos entre los partidos políticos.
    7 de Octubre 2020
    Retoman
    Los diputados retoman la aprobación de los restantes artículos de la nueva Ley Electoral, entre ellas los relacionados con la conformación del Consejo Nacional Electoral.
    Doris Gutiérrez, diputada del Pinu, objetó la propuesta de su compañero nacionalista y dijo que era aventurado aprobar un cambio radical del artículo primero sin analizar todos los aspectos que conlleva. “Esto es aventurado, yo creo que esta comisión estuvo trabajando dos o tres años en estos con asesores, y cómo es que no pudieron identificar que podía cambiarse un artículos tan importante como es la finalidad”, analizó.

    Gutiérrez insistió en que no es recomendable modificar la parte relativa a las finalidades de la nueva Ley Electoral sin antes analizar las implicaciones que podría tener en el resto de los artículos de la norma.

    Luis Redondo, diputado del Pinu, solicitó que en aras de la trasparencia ante el pueblo hondureño se sometiera a discusión el dictamen de la ley y a la par los votos particulares que emitieron en su momento los miembros de la comisión dictaminadora durante el proceso previo de socialización del dictamen.

    En ese sentido, expuso que el representante del Pinu en la comisión de dictamen emitió voto particular para que se incluyera dentro de la propuesta de la ley la figura de la segunda vuelta electoral; por consiguiente, son temas que debían someterse simultáneamente a votación.

    Recordó que solo el 33% de los miembros de la comisión votaron favorablemente y el 67% emitieron votos particulares en ciertos contenido de la iniciativa de ley e incluso se propusieron artículos nuevos.

    “Soy de la opinión que debe someterse a votación el dictamen que hay y los votos particulares, y lo correcto debe ser, por motivos de transparencia del procedimiento, que se lean los votos particulares para ponerlos en conocimiento del pueblo hondureño “, acotó.

    Antonio Rivera Callejas, presidente en funciones de la cámara, aclaró que el dictamen de la ley fue aprobado por unaninimidad de los miembros de la comisión de dictamen y no solo por el 33% que mencionó Guifarro. “Todos estuvimos a favor, solo en algunos casos, muy pocos por cierto, hubo voto particular. Cómo se votó en la comisión de dictamen, si está de acuerdo usted vota que sí, y si tiene voto particular”.

    Reveló que los 15 miembros de la comisión votaron a favor del dictamen y entre ellos mencionó a los diputados Samuel Reyes, Leonor Osorio, Johana Bermúdez y Reynaldo Ekonomo, Héctor Samuel Madrid, Irma Aída Reyes votaron a favor, Mario Segura Aroca, Juan Carlos Elvir y Norma Edinora Brooks, Felícito Ávila, Tomás Ramírez y los restantes representantes del Pinu.

    Dijo que hubo votos particulares en lo relativo a la paridad y alternancia, la segunda vuelta y en otros aspectos, “de modo que no diga que solo el 33% votó a favor, el 100% de la comisión votó a favor”, increpó.

    Cambios y aprobación

    Jorge Cálix, de Libre, avaló la propuesta de nueva redacción del artículo primero propuesta por Ramos Soto y solamente sugirió eliminar la parte relativa a la justicia electoral, debido que está por aprobarse la nueva ley procesal electoral que reglamentará las funciones del CJE.

    También sugirió agregar lo relativo a la atribución de manejar las consultas populares.

    Tras el debate, la modificación propuesta por Ramos Soto fue aprobada con el voto de la mayoría calificada (90 a favor) con las propuestas formuladas por los diputados Mario Segura y Jorge Cálix.

    Consejeros del CNE serán electos por cinco años
    TEGUCIGALPA. El Consejo Nacional Electoral está integrado por tres consejeros propietarios y dos consejeros suplentes, electos por el voto afirmativo de por lo menos dos tercios de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional, por un período de cinco años, pudiendo ser reelectos, siempre que se sometan nuevamente a los procesos de elección establecidos en la ley.
    Así quedó consignado en el artículo 11 de la nueva Ley Electoral aprobada por la mayoría calificada de los miembros del Poder Legislativo.
    Otro de los artículos consigna que para ser miembro integrante del Consejo Nacional Electoral se requiere: ser hondureño por nacimiento, ser mayor de 30 años, poseer título universitario, ser de reconocida idoneidad y estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
    El Consejo Nacional Electoral tiene como finalidad garantizar el respeto de los derechos políticos de los ciudadanos de elegir y ser electos, en elecciones periódicas y auténticas, realizadas por sufragio universal e igualitario y por voto directo y secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores.
    Para lo cual debe administrar los procesos electorales, plebiscitos y referéndum o consultas ciudadanas; inscribir y ejercer supervisión en cuanto al cumplimiento de la ley por parte de los partidos políticos, movimientos internos, sus alianzas, candidatos, y candidaturas independientes, y proporcionar educación, formación y capacitación en el ámbito cívico y electoral que permita a la ciudadanía el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales, procurando la inclusión de todos los sectores de la sociedad en la vida democrática de la nación. También se aprobó la parte relacionada con el presupuesto de la institución para cumplir su misión. constitucional.
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