18/12/2025
07:35 PM

Al Estado le cuesta L 200,000 imputados

La asistencia legal gratuita a favor de una persona que supuestamente ha cometido un delito le cuesta al Estado cerca...

    La asistencia legal gratuita a favor de una persona que supuestamente ha cometido un delito le cuesta al Estado cerca de 200,000 lempiras si un caso finaliza en juicio oral y público. Si en la etapa preparatoria surge una salida alterna del proceso, el costo es menor.

    El artículo 83 de la Constitución de la República establece que le corresponde al Estado nombrar procuradores para la defensa de los pobres y para que velen por las personas e intereses de los menores e incapaces, explicaron autoridades de la Defensa Pública en una comparecencia en Diario LA PRENSA.

    En San Pedro Sula hay asignados 45 defensores públicos para una demanda que consideran bastante elevada. Los abogados de la etapa preparatoria llevan, cada uno, 35 y 45 causas, mientras que los defensores distribuidos en el juicio oral y público conocen de 19 a 25 expedientes.

    Expusieron que en el turno extraordinario están asignados tres abogados. También uno para conocer los requerimientos fiscales en la primera estación policial.

    La subcoordinadora de la Defensa Pública, María del Carmen Zavala, destacó que en el primer trimestre del año pasado se manejaban 2,150 casos. “Más del 50 por ciento de la población que atendemos está libre o con medidas. La causa realmente ha finalizado. Estamos cumpliendo con garantizar el debido proceso a todos nuestros usuarios”, refirió.

    En el área penal, la Defensa Pública no puede negarse a prestar el servicio a ninguna persona. Maneja el 80 por ciento de los casos que entran en los juzgados. “Hay causas que las comienza un abogado privado, pero después llegan a nosotros por solicitud propia del imputado o por su familiar”, dijo.

    La abogada comentó que en el Centro Integrado en la primera estación policial atienden un promedio mensual de 64 personas. También 56 usuarios en el turno nocturno, lo que equivale a más de cien imputados.

    Costos

    El coordinador de la Defensa Pública, Jorge Gutiérrez, informó que mensualmente en San Pedro Sula ingresan en el Juzgado Unificado de lo Penal unos 228 procesos. La duración solamente del juicio oral y público de cada imputado tiene un costo de 25,000 a 30,000 lempiras.

    Un proceso penal desde la etapa preparatoria hasta que finaliza en el Tribunal de Sentencia cuesta 200,000 lempiras. “El costo de una causa depende de la duración del proceso. El proceso penal es caro, pero es bueno porque la persona puede ser escuchada en libertad ”, dijo. El costo comprende salario del defensor público, movilizaciones y documentación; además, si se requiere un perito en criminalística o un perito forense, se solicitan. Se incrementa el gasto del defensor porque también tiene que hacer trabajos de investigación a falta de Policía Judicial.

    El proceso

    La abogada Oneida Morales explicó que un proceso consta de una fase preparatoria conocida por el Juzgado Unificado y de un juicio oral y público que conoce el Tribunal de Sentencia.

    Para descongestionar la carga judicial y que el caso no llegue a juicio oral y público, la defensa en la primera etapa puede solicitar una salida alterna cuando los delitos sean leves y la pena no excede los seis años. Esas vías pueden ser un procedimiento abreviado, una suspensión de la persecución penal o una conciliación.

    Un procedimiento abreviado -sentencia condenatoria con la ventaja que baja la pena- es solicitado por la defensa cuando ha analizado bien el expediente y ve que la persona tiene participación en el delito.

    Defensa gratuita tiene límites

    El nuevo Código Procesal Civil que entró en vigencia el 1 de noviembre de 2010 establece en los artículos del 90 al 94 los controles de la asistencia jurídica gratuita.

    No cualquier persona puede solicitar el servicio de Defensa Pública que ofrece el Estado. Para esta área hay dos defensores.

    La Corte Suprema de Justicia emitirá un reglamento sobre el acceso gratuito a los órganos jurisdiccionales de personas con escasez de recursos económicos.

    Al no tener aprobado el referido reglamento y en aras de garantizar el derecho de defensa de las personas de escasos recursos económicos, como de las personas e intereses de los menores e incapaces, los jueces de lo Civil deben atender y resolver las solicitudes para acceder al beneficio de la asistencia legal gratuita.

    El coordinador de la Defensa Pública, Jorge Gutiérrez, informó que el juez o tribunal deberá otorgar o denegar el auxilio de pobreza.

    Para recibir el beneficio en materia civil, la persona debe llenar una solicitud y una declaración jurada donde dice que no tiene bienes.
    “Con el nuevo Código Civil hay mayor control.

    Para que el peticionario de la asistencia legal gratuita acredite sus situación de pobreza económica debe ser utilizada una declaración jurada de bienes, que debe ser llenada y firmada por la persona peticionaria y acompañarla con la solicitud de méritos”, dijo.