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12:48 AM

24 horas de detención para quien no use la mascarilla

  • 15 mayo 2020 /

Empresas que no cumplan con medidas serán cerradas temporalmente

    Tegucigalpa, Honduras.

    El uso de la mascarilla para prevenir el contagio del COVID-19 será obligatorio para todos los hondureños y su incumplimiento y reincidencia se sancionará con una multa de 300 lempiras, detención de 24 horas y trabajos comunitarios, según una iniciativa de ley que se apresta a aprobar el Congreso Nacional.

    La propuesta enviada por el titular del Poder Ejecutivo contempla, asimismo, la obligatoriedad de la aplicación de las medidas o protocolos de bioseguridad en todas las empresas, establecimientos, industrias o actividades comerciales, religiosas o deportivas, con el fin de prevenir la propagación del coronavirus.

    Tomás Zambrano, primer secretario del Congreso, informó que estas medidas serán sometidas a discusión y aprobación en las sesiones virtuales de la próxima semana.

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    La introducción de esta iniciativa de ley concuerda con la decisión del Gobierno de iniciar el proceso paulatino de reapertura de la economía, tras más de dos meses de confinamiento obligatorio en todo el territorio, que ha golpeado brutalmente la economía y generado el cierre de cientos de negocios y la consecuente pérdida de empleos.

    Científicamente se ha comprobado que la transmisión del coronavirus se puede prevenir con el uso adecuado de la mascarilla, siempre que vaya acompañada de otras medidas de bioseguridad como el lavado permanente de manos con jabón y agua abundante y el uso de gel antibacterial, entre otras.

    La propuesta de ley establece que el cumplimiento del uso de la mascarilla será fiscalizado y sancionado por la Policía Nacional. “Las personas que no usen o se nieguen a usar mascarillas se les aplicará una multa de 300 lempiras la primera vez y en caso de reincidencia, detención por 24 horas y obligación de realizar trabajos comunitarios”, indica el documento.

    El proyecto establece que para su funcionamiento, las empresas, establecimientos, industrias u otras actividades comerciales, religiosas o deportivas deberán contar con la autorización de Sinager sin perjuicio de otras disposiciones especiales dictadas por el Consejo de Ministros.

    Todos los centros de trabajo están obligados a aplicar y cumplir con los protocolos de bioseguridad por motivo de la pandemia COVID-19 aprobados por el Poder Ejecutivo, a fin de garantizar la salud de la población en general.

    El incumplimiento de tales disposiciones acarreará la cancelación de operaciones de forma temporal de las empresas o centros de trabajo donde se compruebe la no implementación de los protocolos de protección o bioseguridad.