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Piden endurecer penas para grupos criminales

  • 23 mayo 2020 /

Ejecutivo planteó reformar el nuevo Código Penal para ciertos delitos, como extorsión, asociación para delinquir, feminicidios y tráfico ilícito de personas

    Tegucigalpa, Honduras.

    Antes que entre en vigor y aprovechando el espacio de 45 días de la vacatio legis, el Poder Ejecutivo pidió al Congreso Nacional aplicar ajustes en el nuevo Código Penal para subsanar la reducción de penas en algunos delitos de criminalidad organizada como la extorsión, asociación ilícita, tráfico de personas y feminicidios, entre otros; sin embargo, no incluyó los delitos de corrupción y narcotráfico.

    LA PRENSA tuvo acceso exclusivo a la propuesta remitida por el Ejecutivo por conducto del ministro de la Presidencia Ebal Díaz, que en su parte resolutiva plantea la modificación de los artículos 208, 219, 248, 297, 373, 374, 375, 554 y 579 del Código Penal, contenidos en el decreto 130-2017 de fecha 18 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de mayo de 2019.

    Amplían vacatio
    El 10 de mayo, el Congreso amplió la segunda vacatio legis del nuevo Código Penal, por 45 días, al 25 de junio de 2020.

    La reforma a estos artículos se refiere concretamente al aumento de penas para algunos tipos de figuras delictivas como el feminicidio, trata de personas, desplazamiento forzado interno, extorsión, asociación para delinquir, introducción de objetos prohibidos y facilitación de señales, esto último a raíz de la incautación reciente de una antena y equipos de comunicación efectuada en la cercanías de la cárcel de Ilama, Santa Bárbara.

    LEA: El lunes 25 de mayo inicia socialización del Código Penal en Honduras

    A los jefes de pandillas se aumentan las penas por asociación ilícita en 15 y 20 años de cárcel.

    PETICIONES
    1.
    El Consejo Nacional Anticorrupción plantea la derogación de todo el Código Penal porque fomenta la impunidad.
    2.
    El Colegio de Periodistas de Honduras planteó derogar los artículos 28, 229, 230, 231, 232, y 234 por violentar la libertad de expresión.
    3.
    La empresa privada solicitó eliminar la responsabilidad de las personas jurídicas.

    Otros delitos intocables.

    Cabe indicar que la propuesta deja inalterable y no sugiere la modificación de penas para otros tipos de delitos como tráfico de drogas, enriquecimiento ilícito, malversación de caudales públicos, fraude, tráfico de influencias, maltrato familiar, violación y secuestro, entre otros, que diversos sectores de la sociedad han pedido su modificación por considerar que reduce significativamente las penas de los mismos.

    En sus considerandos, el Poder Ejecutivo argumenta que en el nuevo Código se observa una disminución de las penas de manera general, apreciándose más en los delitos de mayor incidencia delictiva en el país ejecutados por estructuras criminales organizadas, incluyendo delitos sexuales y contra la mujer, bajo el argumento de existir en el Código Penal actual una injusticia en la forma exagerada del peso de la pena individualizada y el incumplimiento de la función preventiva de esta.

    Publicado
    El 10 de mayo de 2019 se publicó en el diario oficial La Gaceta el nuevo Código Penal, pero su vigencia se trasladó a noviembre.

    “Se ha logrado identificar que es necesario hacer algunos ajustes de vital importancia que es imprescindible subsanar. Lo anterior es urgente puesto que para la aplicabilidad del nuevo Código se debe contar con la claridad de funcionamiento del mismo en cada uno de sus componentes, sin que este llegue a perjudicar los esfuerzos del Gobierno en la reducción de la criminalidad”, señala en el documento el ministro de la Presidencia.

    El Ejecutivo plantea que es necesario adaptar el nuevo marco jurídico a las atribuciones otorgadas a las nuevas fuerzas policiales y militares encargadas de combatir el delito y, además, efectuar algunos ajustes de vital importancia orientados a precisar mejor la tipología del delito y los verbos rectores que lo conforman, así como la valoración de sus respectivas penas.

    Claves para saber
    1. Desplazamiento forzado
    Se propone una pena de 6 a 9 años de prisión a quien con violencia, amenaza o intimidación obliga a una persona o su familia a cambiar, abandonar su casa, trabajo, negocio o establecimiento educativo. Responden como autores quienes usen los bienes.
    2. Tráfico de personas
    Propone una pena de 6 a 9 años a quienes promuevan, organicen, favorezcan, faciliten la conducción, el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas hacia Honduras u otros países. En el nuevo Código esa pena es de 3 a 6 años.
    3. Asociación para delinquir
    En el nuevo Código Penal, las penas por este delito son de 10 a 15 años de prisión, pero se propone aumentarlas de 15 a 20 años, cuando se trate de jefes, cabecillas, directivos y financistas de la asociación. A los demás miembros del grupo se les impondrá pena de 10 a 15 años.

    Aumento de penas.

    En lo concerniente al delito de feminicidio, el Gobierno propone una pena de 30 a 40 años de prisión y agravada un tercio cuando el culpable sea o haya sido cónyuge o persona con la que la víctima mantenga o haya mantenido una relación o sea ascendiente, descendiente, hermano de la agraviada o de su cónyuge o conviviente; que el feminicidio haya estado precedido por un acto contra la libertad sexual de la víctima y cuando el delito se comete en el contexto de un grupo delictivo organizado. Otras agravantes: que la víctima sea una trabajadora sexual, que también haya sido sometida a trata de personas, esclavitud o servidumbre; cuando se hayan ocasionado lesiones o mutilaciones a la víctima o a su cadáver y cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido por el culpable en lugar público.

    En el nuevo Código Penal, las penas por ese delito son de 20 a 25 años de prisión aumentadas un tercio en las agravantes antes expuestas.

    En lo relacionado con el delito de extorsión se sugiere aumentar la pena a 15 y 20 años de prisión y una multa de 500 a 1,000 días en su nivel más alto, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física o intimidación ejecutados. Si producto de eso se causare la muerte a una persona, se impondrá la pena de reclusión a perpetuidad.

    En el nuevo Código, esta figura delictiva se castiga con pena de 10 a 15 años y multa de 500 a 1,000 días, y en los casos de violencia precedida de muerte la cárcel a perpetuidad.

    El Ejecutivo sugiere que las penas por este delito aumenten un tercio cuando los hechos se cometan en el ámbito de una asociación para delinquir, se emplee a menores de 18 años de edad o personas con discapacidad para la ejecución del delito, cuando el culpable es funcionario o empleado público que actúa con abuso de las funciones, cuando por efectos de la extorsión se produce el cierre de una empresa o negocio, y cuando la orden para cometer la extorsión provenga de un centro penitenciario y de un privado de libertad.

    Por otro lado, se propone una pena de tres a cinco años de prisión para quien facilite, proporcione o transmita señal inalámbrica de redes de telecomunicación desde espacios cercanos o en los perímetros de los centros penitenciarios, granjas penales y centros de internamiento o preventivos.

    Esta figura se adiciona porque no estaba contenida en el nuevo Código Penal.