Cinco Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pidieron este miércoles una reunión urgente con la presidenta Ráquel Obando para tratar específicamente el tema de la rotaciones de salas.
En la solicitud, los cinco Magistrados piden a la presidente de la CSJ una reunión que radica en la necesidad de despejar dudas respecto a la próxima rotación de salas, programada para el 17 de febrero.
Los togados, hacen incapié en la misiva hacia Ráquel Obando que esas rotaciones estan enmarcadas en ley del Reglamento Interior del Corte Suprema.
”Reconocemos la importancia y la sensibilidad de este proceso, así como su trascendencia para el funcionamiento óptimo de nuestra institución y del Estado de Derecho. Por ello, consideramos indispensable contar con su orientación y claridad al respecto”, exponenen el cuerpo de la carta los magistrados.
Los magistrados firmantes son Luis Fernando Padilla, Isbela Bustillo Hernández, Anny Belinda Ochoa, Walter Raúl Miranda y Gaudy Alejandra Bustillo.
Pronunciamiento
Los cinco Magistrados en horas tempranas habían denunciado en un pronunciamiento las pretensiones de continuismo dentro del Poder Judicial.
El pronunciamiento respaldado por los cinco magistrados recordaron que según el artículo 16 del reglamento interno de la CSJ las diferentes salas tendrán rotaciones una vez que el presidente, solo en el caso de la Sala Constitucional y las coordinaciones en las diferentes salas, hayan ejercido por un año.
“Los integrantes de las salas serán determinados por el Pleno de la Corte Suprema y tendrán una presidencia o coordinación de sala, cargo que será ejercido de forma rotatoria un año por cada miembro que integra la sala, no pudiendo repetir ninguno, hasta que todos sus miembros hayan ejercido ese puesto. Una vez aprobada la integración de las salas solo se podrán cambiar la misma, con el voto de 3/4 de los miembros de la Corte Suprema de Justicia.”, dice parte del reglamento.
Además, recordaron que una vez se eligió la nueva CSJ el pasado -17 de febrero- se estableció rotaciones en las diferentes salas con el fin de garantizar “igualdad de las condiciones”, para cada uno de los magistrados que integran las respectivas salas.
“El artículo 2 del Reglamento de la Sala de lo Constitucional enuncia que el orden de precedencia entre los Magistrados de la Sala se establecerá de conformidad con la Ley. La Presidencia se ejercerá por el término de un (1) año, concluido el cual la asumirá quien corresponda de acuerdo con el orden de precedencia”, dice pate del comunicado.