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Diputados no pueden postularse para magistrados a la Corte Suprema de Justicia

  • 11 agosto 2022 /

Expertos advierten que si bien la ley lo prohíbe los políticos suelen incumplir las normativas.

Tegucigalpa. A las puertas de la elección de la nueva Corte Suprema de Justicia surgen ecos de que diputados estarían optando a la alta magistratura del Poder Judicial a lo interno de las bancadas del Congreso Nacional.

La Constitución de la República prohíbe a los parlamentarios en funciones desempeñar cargos públicos fuera del Poder Legislativo y Ejecutivo, para los cuales no fueron electos.

Sin embargo, el primer parlamentario en hablar del asunto es el nacionalista Mario Pérez, quien arguyó que cumple los requisitos necesarios para hacerlo.

“Aunque muchos amigos de la bancada y de otras bancadas me han dicho que podrían apoyarnos. Aún no está en nuestra mente, aunque tengo los requisitos, claro, soy abogado y notario. He estudiado mucho toda mi vida y he ejercido la profesión del derecho en el occidente, pero es algo que todavía no cruza por mi cabeza. En la vida uno no pude decir no porque, como dijo un maestro del fútbol, nunca se sabe”, enfatizó Pérez.

Al ser consultado sobre este polémico asunto, el abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos señaló que “hay una prohibición en la Constitución que exalta que los diputados no pueden postularse como magistrados, solo optar a los cargos en el Poder Ejecutivo o como diplomáticos, lógicamente pidiendo permiso al Legislativo”.

Sin embargo, dijo que aunque no se puede, se hace, y recordó que “en el país hay un antecedente en tiempos de (Rafael) Callejas. El presidente del CN era Fito Irías y eligieron a Oswaldo Ramos Soto (que era diputado) como magistrado presidente solamente con un permiso, y como se pelearon vino el CN y le revocó el permiso utilizando el artículo 203”.

El artículo 203 de la Constitución de la República establece: “Los diputados en ejercicio no podrán desempeñar cargos públicos remunerados durante el tiempo por el cual han sido elegidos, excepto de carácter docente, cultural y los relacionados con los servicios profesionales de asistencia social”.

Concluyó que “aquí no le dice que no pueden ser magistrados, sino que los únicos cargos que pueden desempeñar es dentro del Ejecutivo”.