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Caso 'pacto de impunidad': Diputado Rivera Callejas libre cargos, Sara Medina sigue el proceso

  • 24 mayo 2019 /

Ambos funcionarios fueron acusados por los delitos de falsificación de documentos públicos y delitos contra la forma de gobierno.

Tegucigalpa, Honduras.

La Corte de Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ratificó el auto de formal procesamiento dictado contra la diputada Sara Medina por el caso de fe de erratas (pacto de impunidad) por el que se le dictó requerimiento fiscal en 2018.

Por su parte, el diputado nacionalista Antonio Rivera Callejas recibió sobreseimiento definitivo, informaron las autoridades de la CSJ.

Ambos funcionarios fueron acusados por los delitos de falsificación de documentos públicos y delitos contra la forma de gobierno.

La Corte de Apelaciones emitió la resolución tras un recurso interpuesto por la defensa de la diputada Medina tras la resolución del juez que lleva la causa.

El caso 'pacto de impunidad' fue dado a conocer por la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad de la Corrupción (Ufecic) y la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih), por supuestas conductas delictivas para violentar la voluntad del pleno del Congreso Nacional, y favorecer a diputados procesados por mal manejo de fondos públicos.


Contexto

El 11 de diciembre del 2017 la Ufecic presentó requerimiento fiscal contra cinco exdiputados por el caso 'red de diputados', cuando se celebraba la audiencia inicial contra los cinco exdiputados, el Poder Legislativo modificó por adición la Ley de Presupuesto aprobada en decreto legislativo número 141-2017 publicado en el diario oficial La Gaceta el 19 de enero de 2018.

Este cambio incluyó disposiciones distintas a las aprobadas por el pleno de diputados generando la imposibilidad de iniciar las investigaciones contra funcionarios que habrían manejado fondos públicos.

Ante la modificación el Poder Judicial, a través de los Tribunales en Materia de Corrupción, determinó archivar la denuncia argumentando que la acción no procedía con un enjuiciamiento debido a la nueva exigencia de procedibilidad para delitos como los de malversación de caudales públicos.