Hugo Noé Pino aclara que la Comisión Permanente no puede aprobar leyes ni declarar elecciones

El legislador consideró que las críticas de la oposición responden a una estrategia política de cara a las elecciones del 30 de noviembre.

Tegucigalpa, Honduras

El vicepresidente del Congreso Nacional, Hugo Noé Pino, se pronunció este sábado 1 de noviembre sobre las funciones de la Comisión Permanente instalada recientemente en un “madrugón” legislativo, dejando claro que este órgano no puede aprobar leyes ni realizar declaratorias de elecciones, ya que tales acciones no figuran entre sus competencias constitucionales.

Durante una entrevista con HCH, Pino señaló que "ese miedo ha sido impuesto por la oposición, atribuyéndole a la comisión permanente atribuciones que en ningún momento la Constitución le otorga".

Según explicó, algunos sectores han difundido la idea de que la comisión podría legislar o incluso asumir la declaratoria electoral en caso de omisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), algo que calificó de “totalmente absurdo” y carente de fundamento jurídico.

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"Se ha señalado que nosotros queremos destituir a los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral o a aconsejales, lo cual tampoco está dentro de nuestras atribuciones y se usa como expediente y se repite hasta la saciedad de que eso sucedió con el fiscal general", señaló el vicepresidente del Congreso.

"Les recuerdo que una de las atribuciones que sí tiene la comisión permanente es nombrar interinamente a funcionarios de ausencia absoluta, sin embargo, su nombramiento fue ratificado por má de 100 diputados en el Congreso Nacional en el pleno", explicó.

El legislador consideró que las críticas de la oposición responden a una estrategia política de cara a las elecciones del 30 de noviembre, asegurando que el proceso será “libre, democrático y participativo”.

Finalmente, llamó a la población a mantener la confianza: "Le digo al pueblo hondureño que debe alejar toda duda de que la comisión permanente en ningún momento va a ir más allá de las atribuciones que le confiere el artículo 208 de la Constitución".

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Redacción La Prensa
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