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Aplicarán fuertes multas a quienes adulteren combustibles

  • 04 mayo 2017 /

Ley de hidrocarburos ya comenzó a ser discutida en el Congreso Nacional

Tegucigalpa, Honduras

La Ley Marco de Hidrocarburos, conocida también como “ley de comercialización de combustibles” es un instrumento que han venido pidiendo tanto los consumidores como los integrantes de la cadena de distribución, en especial los gasolineros.

El Congreso Nacional ha comenzado la discusión de esta normativa y en primer debate, el pasado 25 de marzo, se aprobaron los primeros 14 artículos.

Uno de los aspectos que mayor urgencia exigen los consumidores es la penalización de la adulteración de los carburantes, queja frecuente en Honduras.

La adulteración ocurre cuando se mezcla el combustible con sustancias extrañas o se extrae parte de los componentes del producto, modificándolo para disminuir su calidad o alterar su composición química.

En la actualidad la Comisión Administradora del Petróleo (CAP) es la responsable de regular el comercio de los combustibles en el país, pero su trabajo se enfoca más en la fijación de los precios de los refinados que en certificar la calidad del producto que se consumen en el mercado.

Una de las herramientas que tiene la CAP son los laboratorios móviles para monitorear la calidad de los carburantes, sin embargo, los resultados no son hasta ahora del todo satisfactorios.

Nuevo regulador

Una de las novedades de la Ley Marco de Hidrocarburos es la creación de la Dirección General Administradora de la Compra, Venta y Comercialización del Petróleo sus Derivados (DAPH), institución que viene a reemplazar a la Comisión Administradora del Petróleo (CAP).

Otro de los aspectos más importantes de la nueva ley es la sanción para los que adulteren los productos petroleros y combustibles para comercialización.

Se castigará además la venta de menos contenido o calidad de productos petroleros, de acuerdo con las unidades de medición legalmente establecidas. También se sancionará a los que provoquen acaparamiento de los refinados.

Multas

Las sanciones vienen en forma de multas y una de las más severas es la de 100 salarios mínimos promedio para los que vendan derivados del petróleo adulterado en las estaciones de servicio.

También se aplicarán 100 salarios mínimos para los que vendan producto adulterado en los medios de transporte.

Vender menos contenido o cantidad de productos petroleros en las estaciones de servicio, de acuerdo con las unidades de medición legalmente establecidas, será sancionado con 10 salarios mínimo en promedio.

Se castigará con 10 salarios a quienes calibren de manera indebida de acuerdo con las unidades de medición.

En el caso del gas licuado propano o del gas LPG, la alteración del peso o el volumen del contenido será multado con 50 salarios mínimos en promedio