07/12/2024
07:34 AM

Invasiones de tierras privadas

    Un hecho positivo lo es el avance en las negociaciones recientemente realizadas entre la Comisión de Seguridad Agraria y Acceso a la Tierra, creada con el propósito específico de resolver las disputas y conflictos respecto a la tenencia en el agro entre los propietarios y los compatriotas que carecen de ese recurso natural.

    En la última sesión se presentaron alternativas de solución que permitirían el cese de las invasiones, al menos temporalmente; entre ellas, la creación de protocolos de desalojo, priorizando el respeto a los derechos humanos de los campesinos, la reforma a la Ley para la Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola en su artículo 51, que impide el acceso a la tierra de propiedad privada, salvo excepciones debidamente especificadas.

    El sector privado ha mostrado su deseo y anuencia con el fin de evitar mayores conflictividades que perjudican tanto a las partes como a la estabilidad social y política del país, afectando la producción tanto para el consumo interno como para la exportación, generadora de divisas.

    Toca ahora evaluar en su justiprecio las tierras que pueden ser adquiridas por el Gobierno a sus dueños, así como la aplicación de contrato de arrendamiento entre el Instituto Nacional Agrario (INA) y la Oficina Administradora de Bienes Incautados (Oabi).

    Es oportuno recordar los siguientes artículos consignados en nuestra Constitución Política vigente: “El Estado reconoce, fomenta y garantiza la existencia de la propiedad privada en su más amplio concepto de función social y sin más limitaciones que aquellas que por motivos de necesidad o de interés público establezca la ley” (103). “La Reforma Agraria es un proceso integral y un instrumento de transformación de la estructura del país, destinado a sustituir el latifundio y el minifundio por un sistema de propiedad, tenencia y explotación de la tierra que garantice la justicia social en el agro y aumente la producción y la productividad del sector agropecuario” (344). Toca entonces a las partes negociadoras alcanzar, de común acuerdo, el punto de equilibrio, equidistante de posiciones extremas, hasta alcanzar acuerdos compartidos plenamente, dejando atrás malos entendidos y discrepancias. Con ello demostrarán patriotismo, realismo y flexibilidad en pro del bien común.

    Mediante el diálogo directo y sincero es posible conciliar dos principios consignados en nuestra Constitución Política: la función social de la propiedad y la propiedad privada sobre los medios de producción. Si se logran encontrar puntos coincidentes entre las partes, nadie sale perdiendo: por el contrario, se logra superar obstáculos aparentemente irreconciliables.