La exoneración del pago del 15% del Impuesto Sobre Ventas (ISV) a los productos destinados al sector agropecuario ya entró en vigencia.
Se incorporaron 64 productos más a los 323 inicialmente definidos en el primer listado, llevando el total a 387 bienes.
El decreto de exoneración comprende nueve rubros agrícolas: avícola, porcino, lácteo, cárnico, granos básicos, acuícola, caña de azúcar, embutidos y alimentos balanceados.
Los 387 productos exentos del 15% fueron acordados con los representantes de los sectores citados anteriormente. Con la vigencia del acuerdo, los beneficiarios pueden ahora importar o adquirir insumos y maquinarias para el agro libres de impuestos, especialmente del ISV.
Nuevos productos incluidos
El nuevo instructivo comprende 64 productos adicionales. Entre esos destacan concentrados de jugo de toronja, jugo concentrado de mandarina, limón y otros cítricos, harina de coquito, plástico de invernadero, bolsa de vivero, botella plástica, tapa plástica, jabas plásticas para aves, jabas plásticas para abejas reinas, guantes plásticos, sal refinada, leche entera en polvo, entre otros productos.
Otro de los aspectos negociados entre los empresarios del sector agropecuario y el gobierno fue el procedimiento para acceder a esos beneficios fiscales. En cuanto a la exoneración de equipo y maquinaria, Finanzas acordó con los sectores productivos que se mantendrá el procedimiento directo con la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras (DGCFA).
De acuerdo con el artículo 4 del acuerdo, para gozar del beneficio fiscal del ISV las personas naturales no deben inscribirse en el Registro de Exonerados de la DGCFA.